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Adjudicación contrato de aseo y cafetería con SERVIASEO S.A.
02 Abril 2020

La Dirección Administrativa y la División de Servicios de la Cámara de Representantes, se permiten comunicar que de acuerdo a lo señalado en el comunicado emitido del día de ayer primero (1) de abril del presente año, en relación con el proceso contractual que se estaba llevando a cabo a través de la Tienda Virtual de Colombia Compra Eficiente, donde se adjudicó el contrato de aseo y cafetería al servicio del Congreso de la República, se informa que se tomó la decisión de adicionar por dos (2) meses más la ejecución del contrato suscrito con la empresa SERVIASEO S.A., al servicio de las Corporaciones de Cámara y Senado.

 

Lo anterior, teniendo en cuenta que en razón a la actual crisis sanitaria por la cual a traviesa el país y ante lo ordenado por el Gobierno Nacional mediante Decreto 457 de 2020, en lo referente a la medida de asilamiento preventivo por el COVID-19, y que para el caso que nos ocupa, especialmente lo dispuesto en el artículo 17 del decreto 491 del 28 de marzo de 2020, que señala:

 

“…Artículo 17. Contratos de prestación de servicios administrativos. Los contratos de prestación de servicios administrativos, suscritos por personas jurídicas con entidades públicas, cuyo objeto sea la prestación del servicio de vigilancia, aseo, y/o cafetería, transporte y demás servicios de esta naturaleza no serán suspendidos mientras dure el aislamiento preventivo obligatorio. Para que se efectúe el pago a las empresas contratistas éstas deberán certificar el pago de nómina y seguridad social a los empleados que se encuentren vinculados al inicio de la Emergencia Sanitaria.

Parágrafo. Para la recepción, trámite y pago de facturas y cuentas de cobro, las entidades del Estado deberán habilitar mecanismos electrónicos.”

 

Así las cosas y siendo reiterativa posición de la Dirección Administrativa y de esta División, en garantizar y salvaguardar los derechos fundamentales del personal que hace parte de esta Corporación, por lo que es necesario hacer precisión que el Congreso de la República sin ser el empleador directo de las personas de servicios generales (Aseo y Cafetería) es más que garante de los derechos labores de estos trabajadores y una vez más salimos en defensa todas aquellas personas que por diferentes circunstancias son sus posibilidades de acceder a un empleo es más difícil, por lo que se ciñe a lo ordenado por el Gobiernos Nacional en los Decretos en mención.

 

Finalmente, es preciso reiterar que hasta la fecha no se ha desvinculado a ningún operario de la empresa SERVIASEO S.A., que preste sus servicios en las instalaciones del Congreso de la República, garantizando su continuidad.

 

Cordialmente

 

RODOLFO ALFONSO CETINA
Jefe de la División de Servicios
Cámara de Representantes

 

Ver: COMUNICADO N 2.pdf

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