DEPARTAMENTOS FRONTERIZOS
Estado
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Titulo
POR MEDIO DEL CUAL SE CREA PARCIALMENTE LA LEY GENERAL FRONTERIZA, BAJO LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES DEL ARTÍCULO 337 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, CON RESPECTO AL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LOS DEPARTAMENTOS FRONTERIZOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
No. de Proyecto
Cámara
020/2018C
Senado
134/2019S
Autor
Origen
Cámara
Legislatura
2018 – 2019
Comisión(es)
Fecha de Radicación
Cámara
20/7/2018
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
Fomentar el desarrollo integral de los departamentos fronterizos, propiciando desde el Estado, el fortalecimiento de sus organizaciones e instituciones públicas, privadas, de economía mixta y la integración con las demás regiones y países de fronteras. Artículo 2°. Aplicación. Se pretende mejorar la calidad de vida de los habitantes de los departamentos de frontera objeto de esta ley, la igualdad socioeconómica entre ellos y el resto de nacionales, su integración con los países vecinos, y el ejercicio efectivo de una soberanía social.
Observaciones
Archivado art. 190 de la ley 5 de 1992
Primer Debate Cámara
Publicaciones
- Ponencia Primer Debate:
- Acta y Fecha de anuncio Comisión Acta 08 de octubre 24 de 2018
- Acta y Fecha de aprobación Comisión Acta 07 de noviembre 07 de 2018
Segundo Debate Cámara
Publicaciones
- Ponencia Segundo Debate:
- Acta y fecha de anuncio Plenaria Acta 069 de julio 20 de 2019
- Acta y Fecha de aprobación Plenaria Acta 070 de julio 23 de 2019:
- Texto Definitivo Plenaria: