INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA NACIONAL
Estado
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Titulo
Por medio de la cual se definen y establecen las condiciones para el desarrollo de infraestructura ferroviaria nacional, se regula la prestación del Servicio Público de Transporte Férreo y se dictan otras disposiciones.
No. de Proyecto
Cámara
337/2023C
Senado
Autor
Origen
Cámara
Legislatura
2022 – 2023
Comisión(es)
Autores Representantes
Autores Senado
Autor(es)
Ministro de Transporte - Guillermo Francisco Reyes González
Fecha de Radicación
Cámara
6/2/2023
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
La presente Ley tiene por objeto regular las actividades asociadas a la prestación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros en la red férrea nacional, establecer las condiciones para el desarrollo de su infraestructura, su ordenamiento institucional, el régimen económico y los mecanismos de gestión y financiación de este modo de transporte, así como la definición de lineamientos que promuevan la intermodalidad.
Observaciones
ARCHIVADO ARTICULO 190 LEY 5ta DE 1992
Primer Debate Cámara
Coordinador(es)
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- Ponencia Primer Debate:
- Texto Definitivo Comisión:
- Comentario Boris Cordovez:
Segundo Debate Cámara
Coordinador(es)
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- Ponencia Segundo Debate: