
Plenaria aprobó proyecto que establece procedimiento para elección de Contralor
- 18/05/2018

Fuente: Oficina de Información y Prensa Bogotá, D.C. 18 de mayo de 2018 La plenaria de la Cámara aprobó por mayoría el proyecto de ley que establece las reglas de la Convocatoria Pública previa a la elección de Contralor General por el Congreso de la República, con ponencia del representante Rodrigo Lara Restrepo. En la ponencia, se establece que la elección del Contralor General de la República se hará por el Congreso en Pleno, por mayoría absoluta, en el primer mes de sus sesiones para un periodo igual al del presidente, de lista de seleccionados conformada por convocatoria pública. El ponente de la norma, el representante Lara explicó que la convocatoria pública estará a cargo de una universidad de alto nivel, acreditada ante el Ministerio de Educación, la que tendrá a su cargo la conformación de la lista de seleccionados, que deberán cumplir con un examen previo de conocimientos, entrevista y la acreditación de los requisitos exigidos por ley. Una vez la Universidad contratada por la entidad haga entrega del listado de seleccionados, el Senado y la Cámara realizarán entrevistas y escogerán los 10 candidatos finalistas que serán presentados ante el Congreso pleno con el fin de escoger al Contralor, de acuerdo con los parámetros establecidos en la convocatoria pública. “La convocatoria pública previa a la elección del Contralor, deberá cumplir con los requisitos y procedimientos, que garanticen los principios de publicidad, transparencia, participaci ón ciudadana, equidad de género y criterios de mérito para su selección”, aseguró Lara . La Comisión de acreditación de ambas cámaras determinarán el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para el cargo de Contralor. P ara ser elegido Contralor General de la Rep ública se requ iere como m í nimo ser colombiano de nacimiento y en ejercicio de la ciudadan ía; tener más de 35 años de edad; tener título universitario; o haber sido profesor universitario durante un tiempo no menor de 5 años. Adem á s de los requisitos m í nimos, dijo Lara, el aspirante a Contralor deberá acreditar formaci ó n y capacitaci ó n profesional, experiencia profesional espec í fica o relacionada con el cargo, y en general todas las calidades adicionales logros acad émicos y laborales que acrediten el mayor m é rito para el desempe ño del cargo. En la ponencia se reorganizan las etapas del proceso de selección del Contralor y se propone especificar en qué consiste cada etapa del proceso de selección , con el fin de que el proceso de selección del Contralor General de la Rep ú blica, se realice acudiendo al mérito y el mayor merecimiento de los aspirantes. Finalmente se establece que el Contralor no podrá ser reelegido, ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del periodo y que en la lista de elegibles se incluya por lo menos una mujer, si ha cumplido con todos los requisitos establecidos. Al aprobarse la norma en segundo debate, Lara dijo que “se mantuvo el criterio principal, y es que aquí habrá convocatoria pública para elegir el contralor, que ya no será organizada por el presidente de Senado y Cámara sino por una universidad”. Y concluyó diciendo: “la Cámara de Representantes le cumplió al país. Haremos un proceso de convocatoria para elegir Contralor con examen, con merito, con publicidad y con convocatoria pública”. Al proyecto le falta la aprobación en segundo debate en Senado y la conciliación en ambas cámaras para ser ley de la República.




