Pasar al contenido principal
Reglamentación de la cadena perpetua en el Congreso de la República
16 Marzo 2021

En la mañana del martes fue radicado el proyecto de ley por medio del cual se reglamenta la cadena perpetua revisable para violares y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia; tras ser aprobado el Acto Legislativo en el Congreso de la República, en junio del año pasado.

 

En la firma del documento contó con la presencia de congresistas de diferentes partidos, entre ellos los Representantes a la Cámara, Cesar Lorduy, Adriana Matiz y por parte del Gobierno Nacional el ministro del Interior, Daniel Palacios y el ministro de Justicia, Wilson Ruiz.

 

“Participamos de ese acto histórico y allí manifestamos que más que una radicación, era una notificación a los criminales, asesinos, violadores y abusadores sexuales de niños, que les llegó la hora, y pronto serán castigados con esa pena que, a pesar de ser revisable a los 25 años, jamás pagarán una pena efectiva menor a los 50 años”, señaló el congresista atlanticense del partido Cambio Radical, Cesar Lorduy.

 

Así mismo, el ministro del Interior, Daniel Palacios indicó: “con la reglamentación se buscan establecer todos los elementos esenciales frente a la imposición de esta pena, es decir, su condición de excepcionalidad, el control automático de la sanción, la revisión de esta y cómo se va a aplicar. Es reglamentarla y que quede claro cuándo se aplica, cómo, quién la debe imponer y las garantías en estos procesos".

 

La Representante a la Cámara, Adriana Matiz y quien es coautora de esta iniciativa explicó que la implementación de la prisión perpetua revisable es un mecanismo efectivo para proteger los derechos de los niños. Y son derechos que prevalecen por encima de los derechos de los demás, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política de Colombia y los tratados internacionales.

 

A lo que agregó “este proyecto contempla aspectos fundamentales: dentro de ellos se dispone que la sanción penal prescribirá en 60 años, pero también que la prisión perpetua revisable solo procede frente a quien cometiere la conducta en calidad de autor, de coautor y determinador; y que los menores de 18 años que hayan cometido este delito estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes y en ningún caso se les impondrá la prisión perpetua revisable”.

 

Se espera que este proyecto de ley, al tener un mensaje de urgencia, en los próximos días comience su trámite en el Congreso de la República.

 

Fuente: Oficina de Información y Prensa de la Cámara de Representantes

 

Opciones de
accesibilidad
Tamaño de texto