PUBLICIDAD ABUSIVA
Título:
“POR MEDIO DEL CUAL SE INTRODUCE LA PUBLICIDAD ABUSIVA AL ESTATUTO DEL CONSUMIDOR Y SE MODIFICAN ALGUNAS DISPOSICIONES DE LA LEY 1480 DE 2011”
Autor:
H.S.Jorge Eliécer Prieto Riveros
,
H.S.Luis Evelis Andrade Casamá
,
H.S.Luis Evelis Andrade Casamá
,
H.S.Jorge Iván Ospina Gómez
,
H.S.Marco Aníbal Avirama Avirama
,
H.S.Claudia Nayibe López Hernández
H.R.Víctor Javier Correa Vélez
,
H.R.Oscar Ospina Quintero
,
H.R.Rafael Romero Piñeros
,
H.R.Ana Cristina Paz Cardona
,
H.R.Mauricio Salazar Peláez
,
H.R.Angélica Lisbeth Lozano Correa
,
H.R.Alirio Uribe Muñoz
,
H.R.Oscar de Jesús Hurtado Pérez
Ver más
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito Público
No. de proyecto:
Cámara:
020/2017C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2017 - 2018
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2017-07-25
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
La intención primera del presente proyecto a través de la introducción de la publicidad abusiva en el Estatuto del Consumidor, es dotar de herramientas jurídicas a aquellos consumidores que hoy por hoy, carecen de ellas. Pues si bien el decreto mencionado anteriormente constituye un paso importante para una regulación concienzuda de la publicidad abusiva, este va dirigido exclusivamente a aquella propaganda orientada hacia menores de edad. Por tanto, es necesario que todos los consumidores colombianos en especial aquellos que se encuentran en especiales circunstancias, como la discapacidad física o cognitiva, la inmadurez mental, etc., que pudieran ser aprovechados por anunciantes inescrupulosos en un ejercicio abusivo de la actividad publicitaria, cuenten con los mecanismos jurídicos necesarios para que sean garantizados sus derechos.
Observaciones: