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LEY NO MÁS EXTORSIÓN Y SUPLANTACIÓN TELEFÓNICA.
Estado
Trámite en Comisión
Estado
Trámite en Comisión
Título
Por medio de la cual se establecen medidas para garantizar la identificación de los titulares de las líneas móviles, la autenticidad y trazabilidad de las comunicaciones cursadas a través de redes públicas de telecomunicaciones móviles, se adoptan mecanismos para prevenir el fraude y otros usos ilícitos de estos servicios, y se dictan otras disposiciones - Ley No Más Extorsión
y Suplantación Telefónica.
No. de Proyecto
Cámara
416/2026C
Senado
—
Origen
Cámara
Legislatura
2026-2027
Comisión(es)
Autores Representantes
Autores Senado
Autor(es)
y otras firmas
Fecha de Radicación
Cámara
1/10/2026
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
La presente ley tiene por objeto regular la adquisición, activación, registro, administración, portabilidad y uso de las líneas móviles asociadas a tarjetas SIM, eSIM y demás tecnologías equivalentes; garantizar la plena identificación de sus titulares; establecer mecanismos que aseguren la autenticidad, trazabilidad y confiabilidad de las comunicaciones realizadas a través de redes públicas de telecomunicaciones móviles; fortalecer la protección de los usuarios; y adoptar medidas para prevenir la extorsión, la suplantación de identidad, el fraude y demás conductas ilícitas cometidas mediante la utilización de estos servicios.
Observaciones
—
Publicación