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  • EQUIVALENCIA ADMINISTRADORES
    Estado actual:Archivado
    Título:
    “POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA NORMAS PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ADMINISTRACIÓN, SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA, SE DEROGA LA LEY 60 DE 1981 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO 2718 DE 1984, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
    Autor: H.S. Rodrigo Villalba Mosquera, H.R. Flora Perdomo Andrade,
    Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y Comunicaciones
    No. de proyecto:
    Cámara: 248/2018C

    Senado: 213/2017S
    Legislatura: 2017 - 2018
    Origen: Senado
    Fecha de radicación:
    Cámara: Mayo 04 de 2018

    Senado: Marzo 07 de 2017
    Tipo:
    Contenido:
    Gaceta N° 132 de 2017
    Objeto de proyecto: Este proyecto de ley busca establecer la equivalencia entre la profesión de Administrador de Empresas, Administrador de Negocios y Administrador. Lo anterior, mediante la aplicación de la Ley 60 de 1981 a todos los Administradores del país. Las definiciones, actividades, requisitos, matrícula, título que se apliquen a los Administradores de Empresas y de Negocios, serán aplicables sin excepción alguna a los profesionales de la Administración, independientemente de su denominación académica básica.
    Observaciones:

    ARCHIVADO ART. 190 DE LA LEY 5ª DE 1992.

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