- EQUIVALENCIA ADMINISTRADORESTítulo:“POR MEDIO DE LA CUAL SE DICTA NORMAS PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ADMINISTRACIÓN, SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA, SE DEROGA LA LEY 60 DE 1981 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO 2718 DE 1984, Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”Autor: H.S. Rodrigo Villalba Mosquera, H.R. Flora Perdomo Andrade,Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y ComunicacionesNo. de proyecto:Cámara: 248/2018CSenado: 213/2017SLegislatura: 2017 - 2018Origen: SenadoFecha de radicación:Cámara: Mayo 04 de 2018Senado: Marzo 07 de 2017Tipo:Contenido:Gaceta N° 132 de 2017Objeto de proyecto: Este proyecto de ley busca establecer la equivalencia entre la profesión de Administrador de Empresas, Administrador de Negocios y Administrador. Lo anterior, mediante la aplicación de la Ley 60 de 1981 a todos los Administradores del país. Las definiciones, actividades, requisitos, matrícula, título que se apliquen a los Administradores de Empresas y de Negocios, serán aplicables sin excepción alguna a los profesionales de la Administración, independientemente de su denominación académica básica.Observaciones:
ARCHIVADO ART. 190 DE LA LEY 5ª DE 1992.