
Freno a la puerta giratoria para delincuentes
- 10/10/2026
La iniciativa que busca endurecer las medidas contra la reincidencia en delitos de alto impacto, avanza en la Comisión Primera de la Cámara tras el retiro de las ponencias de archivo y el inicio de la discusión de la ponencia positiva, liderada por el representante David Cote, del Centro Democrático.
Bogotá, octubre 10 de 2026 (Prensa Cámara). El proyecto de Ley 054 que busca establecer medidas contra la reincidencia específica en delitos de alto impacto, crear agravantes especiales y endurecer los criterios para acceder a beneficios, subrogados y medidas de aseguramiento, avanza en la Comisión Primera de la Cámara, luego que se retirarán las ponencias de archivo, impulsadas por los partidos de oposición y se empezará a discutir la ponencia positiva por parte de su autor el Representante David Cote, Centro Democrático.
La discusión se inició recordando que la Corte Constitucional ha reiterado en varias sentencias que el legislador puede darle relevancia jurídica a la reincidencia, pero recordó que la política criminal está limitada por principios como dignidad humana, proporcionalidad y resocialización.
La iniciativa plantea agravantes especiales y mayores restricciones para acceder a beneficios y subrogados penales. El debate ocurre mientras el Congreso discute nuevas herramientas contra la reincidencia y la seguridad ciudadana.
Su objetivo no es aumentar automáticamente todas las penas por el hecho de tener antecedentes, sino crear una figura de “reincidencia específica relevante” para determinados delitos.
Durante la exposición de motivos el Representante por Bogotá del Centro Democrático David Cote, entregó los detalles del articulado. Respecto al delito de receptación, la pena se incrementaría entre una tercera parte (1/3) y la mitad cuando el condenado vuelva a cometer receptación después de una condena previa por ese delito. También puede aplicarse si la condena anterior fue por hurto, hurto calificado, hurto agravado o hurto por medios informáticos, si el juez establece la conexión entre las conductas.
La violencia intrafamiliar, plantea un aumento de 1/3 a 1/2 cuando exista una condena anterior por violencia intrafamiliar dentro de los cinco años anteriores y se vuelva a cometer la conducta contra la misma víctima, alguien del mismo núcleo familiar o una persona protegida por la norma, bajo las condiciones que debe acreditar el juez.
El concierto para delinquir contempla un aumento de la pena entre una tercera parte y la mitad cuando exista reincidencia específica por este delito.
Ilícitos como la fabricación, tráfico y porte de armas, podría aumentar la pena hasta en un el 100%, mientras el hurto, la extorsión, el homicidio, el tráfico de estupefacientes, los delitos sexuales y determinados delitos informáticos, tendrían un aumento de penas dependiendo del mecanismo de agravación que ya contempla cada artículo del Código Penal.
¿Quién sería considerado reincidente?
Está es una de las claves del proyecto. No basta con tener antecedentes, una captura o una investigación. La persona tendría que: Haber sido condenada previamente mediante sentencia ejecutoriada. Que la condena sea por un delito doloso. Que la sentencia haya quedado en firme dentro de los cinco años anteriores al nuevo delito. Que el nuevo delito sea el mismo, una modalidad agravada o calificada del anterior, una tentativa, o un delito que la ley considere funcionalmente conectado.
Esta ponencia será debatida durante este mes en esta célula legislativa.
Fuente Oficina de Información y Prensa Cámara- Periodista Wilson Moreno




