Las Comisiones de Ética y Estatuto del Congresista invitan a postularse a las medallas “Luis Carlos Galán de lucha contra la corrupción” y “Pedro Pascasio Martínez de ética republicana”
Bogotá, abril 11 de 2024 (Prensa Cámara). Hasta el 31 de mayo estará abierta la convocatoria pública para las medallas “Luis Carlos Galán” de la lucha contra la corrupción y “Pedro Pascasio Martínez” de ética republicana, esto en cumplimiento de la Ley 668 de 2001 para la vigencia 2024.
Ambas medallas son una condecoración de carácter honorífico y vitalicio, otorgada tras una selección realizada en una sesión conjunta de las Comisiones de Ética del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, a quienes han trabajado en la lucha contra la corrupción y a aquellos ciudadanos y ciudadanas que, a través de iniciativas individuales o colectivas, hayan trabajado en la recuperación de los valores éticos que conduzcan a la prevención de la corrupción.
Estos son los requisitos:
- Síntesis de los servicios y/o iniciativas, méritos, ejecutorias, obras, estudios, investigaciones, aportes, logros, distinciones y reconocimientos del postulado en la lucha contra la corrupción y/o en la recuperación de valores éticos ciudadanos, según corresponda.
- Hoja de vida del postulado que contendrá: domicilio, dirección de residencia y trabajo, teléfono, nacionalidad, profesión u oficio y datos de contacto.
- Sustento de la postulación, indicando lugares, oficinas, dependencias y personas que puedan confirmar la información suministrada en las ejecutorias del postulado
- Referencias personales y laborales del postulado con nombre completo, domicilio, teléfono y datos de contacto claramente expresados para su confirmación, que coincidan con los anexos.
- Fotocopia ampliada de la Tarjeta de Identidad, Cédula de Ciudadanía y/o NIT del postulado.
La anterior información y documentos se deben tener en cuenta al momento del diligenciamiento del formulario de inscripción AQUÍ
¿Quiénes pueden participar?
Podrá participar cualquier persona natural o jurídica, según corresponda, de conformidad con la Ley 668 de 2001; no obstante, se valorará especialmente el trabajo de los postulados cuyo trabajo contra la corrupción y recuperación de valores éticos ciudadanos se realice con independencia de las funciones propias de los Organismos de Control y Vigilancia en todos los órdenes.
Fuente: Oficina de Información y Prensa de la Cámara de Representantes con información de las comisiones de Ética del Senado de la República y la Cámara de Representantes