LEY 54 DE 1988
(noviembre 25)
Diario  Oficial No. 38.589 de 25 de Noviembre de 1988

Por la cual la Nación se asocia a la celebración de los 75 años del Municipio de Bello en el Departamento de Antioquia y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> La Nación se asocia a la celebración de los 75 años del Municipio de Bello en el Departamento de Antioquia, exalta la memoria de sus fundadores en las personas de su primer Alcalde, Don Samuel Castrillón, su primer Tesorero, Don Gabriel Zapata, y su primer Personero Don Abelardo Villa T., y a la vez reconoce el civismo y la vocación de progreso de sus habitantes.

ARTÍCULO 2o. Como homenaje especial con motivo de los 75 años de vida municipal de Bello, ordénase al Gobierno Nacional -Ministerio de Educación- la creación, construcción, y dotación del Centro Auxiliar de Servicios Docentes, CASD, en el Municipio de Bello, en lote que para tal efecto proporcionará el ente municipal.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> El Gobierno Nacional incluirá en el presupuesto de la vigencia siguiente a la aprobación de esta Ley, la partida necesaria para la ejecución de lo dispuesto en ella.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> En caso de no ser incluida la partida anterior en el presupuesto nacional de la vigencia fiscal correspondiente, según lo ordena el artículo 3o. de la presente Ley, se autoriza al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

ARTÍCULO 5o. Esta Ley rige a partir de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y ocho.

El Presidente del honorable Senado de la República,
ANCIZAR LOPEZ LOPEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

El Secretario General del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
LUIS LORDUY LORDUY

República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D.E., 25 de noviembre de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.

El Ministro de Educación Nacional,
MANUEL FRANCISCO BECERRA BARNEY.


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.