LEY 3 DE 1971
(marzo 6)
Diario Oficial No. 33.268 de 17 de Marzo de 1971

<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual se ordena la ampliación del Aeropuerto de Santa Ana de la ciudad de Cartago (Valle).

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. La Nación cooperará con la suma de cinco millones de pesos ($ 5'000.000.00) para la ampliación del Aeropuerto de Santa Ana, de la ciudad de Cartago (Valle).

ARTÍCULO 2o. La suma que se destina por el artículo anterior, será pagada al Tesorero del Municipio de Cartago, y éste contratará la ejecución de la obra a que se refiere la presente Ley.

ARTÍCULO 3o. La partida mencionada en el artículo 1o. de esta Ley, se incluirá en los Presupuestos de las próximas vigencias, y en  caso de que no lo fuera, el Gobierno Nacional queda ampliamente  autorizado para abrir los créditos, hacer los traslados que fueren del caso a efecto de darle cumplimiento a esta Ley.

ARTÍCULO 4o. En lo pertinente a la presente Ley, las formalidades exigidas por la Ley 11 de 1967, y de acuerdo con el artículo 10 de la misma, serán cumplidas por las entidades a quienes corresponda cumplirlas, en el momento de hacerse la inclusión en el Presupuesto Nacional de la partida destinada para construir la obra que ordena la presente Ley.

ARTÍCULO 5o. Esta Ley rige desde su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a 5 de noviembre de 1970.

El Presidente del Senado,
EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA

El Presidente de la Cámara de Representantes,
 GILBERTO SALAZAR RAMIREZ

El Secretario del Senado,
AMAURY GUERRERO.

El Secretario de la Cámara de Representantes,
EUSEBIO CABRALES PINEDA.

República de Colombia. Gobierno Nacional. Bogotá, D.E., 6 de marzo de 1971.

El Presidente del Congreso,
EDUARDO ABUCHAIBE OCHOA

El Secretario del Congreso,
AMAURY GUERRERO.


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.