LEY 22 DE 1969
(diciembre 22)
Diario Oficial No. 32.964 de 29 de diciembre de 1969
<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>
EL CONGRESO DE COLOMBIA
“ por la cual se nacionaliza el Instituto Femenino de Pereira y se vota un auxilio con destino a la construcción del edificio para su funcionamiento".
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Nacionalízase el Instituto Femenino de Pereira.
ARTÍCULO 2o. Destínase la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) para efectos del acondicionamiento del actual edificio donde funciona el citado Instituto Femenino, así como para la construcción de un nuevo tramo que permita el aumento de estudiantes.
ARTÍCULO 3o. El Municipio de Pereira, aportará como contribución a esta obra, los terrenos que actualmente ocupa y que consisten en una manzana ubicada entre las carreras tercera y cuarta y las calles 19 y 20 de la nomenclatura de la ciudad de Pereira.
ARTÍCULO 4o. La partida a que se refiere el artículo 2o. de esta ley será aportada por la Nación por terceras partes, debiendo quedar tales partidas forzosamente incluídas en los presupuestos nacionales de los tres (3) años subsiguientes a la expedición de la presente ley.
ARTÍCULO 5o. Para el pago o entrega de la primera cuota por parte de la Nación, es indispensable el otorgamiento de la correspondiente escritura pública por parte del Municipio de Pereira.
ARTÍCULO 6o. Esta Ley rige a partir de su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a 10 de diciembre de 1969.
El Presidente del Senado,
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
JAIME SERRANO RUEDA.
El Secretario del Senado,
AMAURY GUERRERO.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
EUSEBIO CABRALES PINEDA.
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., 22 de diciembre de 1969.
Publíquese y ejecútese.
CARLOS LLERAS RESTREPO.
El Ministro de Educación Nacional, encargado,
ALVARO BARRERA RUEDA.
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