LEY 90 DE 1989
(diciembre 29)
Diario Oficial No. 39.124 de 29 de diciembre de 1989

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

Por la cual la Nación se asocia a la celebración del trisesquicentenario de la fundación del Municipio de Antioquia, en el Departamento de Antioquia

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La Nación se asocia a la celebración del trisesquicentenario del Municipio de Antioquia, en el Departamento de Antioquia, que se cumple el 4 de diciembre de 1991, rinde tributo de admiración a su fundador el Mariscal Jorge Robledo y exalta las virtudes cívicas de sus habitantes.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> De conformidad con lo dispuesto en los números 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Política, autorízase al Gobierno Nacional, para apropiar en su presupuesto la suma de ciento veinte millones de pesos ($ 120.000.000) los cuales se destinarán a la ejecución de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social para el Municipio de Antioquia:

a) Adquisición de un lote con servicios para la construcción del barrio que se denominará "Trisesquicentenario", con destino a familias de escasos recursos económicos;

b) Reconstrucción del Palacio "Antonio Mon y Velarde".

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Facúltase al Gobierno Nacional para que con estricta sujeción a los planes y programas de desarrollo, realice las operaciones presupuestales correspondientes, obtenga los empréstitos y celebre los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley rige a partir de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los...

El Presidente del honorable Senado de la República,
LUIS GUILLERMO GIRALDO HURTADO

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
NORBERTO MORALES BALLESTEROS

El Secretario General del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
LUIS LORDUY LORDUY

República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., Diciembre 29 de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.