LEY 53 DE 1988
(21 noviembre)
Diario  Oficial No. 38.581 de 21 de Noviembre de 1988

Por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del bicentenario de la fundación del Municipio de San Pablo, en el Departamento de Nariño, y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> La Nación se asocia a la conmemoración del bicentenario de la fundación del Municipio de San Pablo, en el Departamento de Nariño, y rinde tributo de gratitud a su fundador don Miguel Suárez de Bolaños y a las virtudes cívicas, capacidad creadora y espíritu de superación de sus habitantes.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> En desarrollo de los ordinales 11 y 17 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para que desarrolle y ejecute por intermedio de los Ministerios y de establecimientos públicos, las siguientes obras de beneficio común en el Municipio de San Pablo, Nariño, así:

a) Aporte para la adecuación y ampliación del alcantarillado municipal. b) Aporte para la adecuación y ampliación de las redes eléctricas e iluminación del Municipio.

c) Aporte para la construcción de la Galería Municipal.

d) Aporte para la pavimentación de las vías públicas municipales.

e) Aporte para la construcción y dotación de una Villa Olímpica que llevará el nombre "Miguel Suárez de Bolaños".

f) Aporte para la dotación de una biblioteca pública.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> El Gobierno Nacional, por intermedio del Instituto de Crédito Territorial, estudiará y desarrollará un programa de vivienda en el Municipio de San Pablo, Nariño, que se denominará "Unidad Residencial Isabel Burbano de Lara".

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen Notas de Vigencia> El Gobierno Nacional apropiará en el Presupuesto Nacional las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.

ARTÍCULO 5o. Esta Ley rige a partir de la fecha de sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y ocho (1988).

El Presidente del Senado de la República,
ANCIZAR LOPEZ LOPEZ

El Presidente de la Cámara de Representantes,
FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

El Secretario General del Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la Cámara de Representantes,
LUIS LORDUY LORDUY

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese. Bogotá D.E., 21 de noviembre de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCÓN MANTILLA.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
LUIS FERNANDO JARAMILLO CORREA.


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
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