LEY 99 DE 1985
(Noviembre 22)
Diario Oficial No. 37.250 de 28 de noviembre de 1985
<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley se encuentra sin vigencia por agotamiento de su objeto>
Por la cual se nacionalizan unas carreteras en el Departamento de Córdoba
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Nacionalízanse las siguientes carreteras en el Departamento de Córdoba:
a) Carretera Lorica-Los Higales-Las Flores-Moñito, longitud aproximada 61 kilómetros.
b) Carretera San Bernardo del Viento-Moñito, longitud aproximada 21 kilómetros.
c) Carretera Tuchín-Chima-Arache-Ciénaga de Oro, longitud aproximada 48 kilómetros.
d) Carretera San Pelayo-Buenos Aires, longitud aproximada 40 kilómetros.
ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El Ministerio de Obras Públicas, por intermedio de la Jefatura de Conservación de Carreteras o cualquier otra dependencia de esa entidad a que corresponda, dispondrá el mantenimiento de las mismas por conducto del Distrito de Obras Públicas Número siete (7) que tiene como sede la ciudad de Montería en el Departamento de Córdoba.
ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley rige desde su sanción y deroga todas las que sean contraria.
Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y cinco (1985).
El Presidente del honorable Senado de la República,
ALVARO VILLEGAS MORENO
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR PEREZ GARCIA
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.
República de Colombia Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 22 de noviembre de 1985.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hugo Palacios Mejía.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
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