LEY 69 DE 1985
(septiembre 24)
Diario Oficial No. 37.166 de 27 de septiembre de 1985

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>

Por medio de la cual la Nación se asocia a los 206 años de la erección de la Parroquia de San Sebastián de Somondoco, Municipio de Somondoco, en el Departamento de Boyacá

EL CONGRESO DE COLOMBIA

en uso de sus atribuciones constitucionales,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La Nación colombiana festeja a la benemérita Parroquia de San Sebastián de Somondoco, en el Departamento de Boyacá, al cumplirse los 206 años de su erección canónica.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> En el templo parroquial de Somondoco será colocada una placa de mármol con la siguiente leyenda: El Congreso y el Gobierno Colombianos a la benemérita Parroquia de San Sebastián de Somondoco en sus 206 años.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> De conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Política de Colombia, autorizase al Gobierno Nacional para planificar, desarrollar y ejecutar las siguientes obras de beneficio público y de interés social en el Municipio de Somondoco, Departamento de Boyacá, así:

a) Construcción y dotación de un Centro de Salud.

b) Pavimentación del ramal de carretera " El Salitre-Somondoco".

ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes, obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.

ARTÍCULO 5o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente del honorable Senado de la República,
ALVARO VILLEGAS MORENO

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
MIGUEL PINEDO VIDAL

El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.

República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese.
Bogotá, D. E., 24 de septiembre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.

La Ministra de Salud (E.),
Beatriz de la Vega.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.