LEY 37 DE 1983
(diciembre 1.)
Diario Oficial No. 36.405 de 14 de diciembre de 1983

<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley se encuentra sin vigencia por agotamiento de su objeto>

Por la cual se ordenan los estudios y la construcción de un acueducto regional

EL CONGRESO DE COLOMBIA,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> El Gobierno Nacional adelantará a través del Instituto Nacional de Fomento Municipal, INSFOPAL, en el menor tiempo posible los estudios correspondientes y las inversiones necesarias para la construcción y funcionamiento del acueducto regional de Sincelejo, con aguas del río Magdalena, con o de las fuentes fluviales que sean aconsejables, que beneficie además de la ciudad de Sincelejo a otras ciudades y localidades del Departamento de Sucre y departamentos vecinos.

ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Autorízase al Gobierno Nacional para hacer los ajustes presupuestales e incluir en la presente vigencia y en las próximas los créditos adicionales o extraordinarios con destino a los estudios y construcción de esta obra, y para contratar los créditos que sean necesarios para el cabal cumplimiento de esta Ley. El Gobierno incluirá en los proyectos de presupuesto de las próximas vigencias las partidas presupuestales que sirvan para dar cumplida atención a la presente Ley.

ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley rige desde la fecha su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los ocho (8) días del mes de mil novecientos ochenta y tres (1983).

El Presidente del Senado,
CARLOS HOLGUIN SARDI

El Presidente de la Cámara de Representantes,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Secretario General del Senado,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.

El Secretario General de la Cámara de Representantes,
JULIO ENRIQUE OLAYA RINCÓN.

República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 1o. de diciembre de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDGAR GUTIÉRREZ CASTRO.

El Ministro de Salud,
JAIME ARIAS.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
HERNÁN BELTZ PERALTA.


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.