LEY 34 DE 1983
(noviembre 28)
Diario Oficial No. 36.392 de 2 de diciembre de 1983
<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley se encuentra sin vigencia por agotamiento de su objeto>
Por la cual la nación se asocia a un aniversario de fundación del Municipio de Caicedonia, Departamento del Valle
EL CONGRESO DE COLOMBIA,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> La nación se asocia a la celebración del septuagésimo quinto aniversario de la fundación del Municipio de Caicedonia, Departamento del Valle, el 3 de agosto de 1985.
ARTÍCULO 2o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Para contribuir al desarrollo del Municipio de Caicedonia, facúltese al Gobierno para que realice las siguientes inversiones, con estricta sujeción a los planes y programas de desarrollo:
1. Construcción de una variante en la vía que de Caicedonia conduce a Sevilla.
2. Construcción de un colegio de bachillerato.
3. Construcción de la Casa de la Cultura.
4. Construcción del Ancianato "Tercera Edad" con sus anexidades.
5. Reconstrucción y pavimentación carretera Cuba-Estación Caicedonia (o la Alambrada).
6. Construcción del Coliseo Cubierto.
ARTÍCULO 3o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Facultase al Gobierno Nacional para abrir créditos y hacer contracréditos en el presupuesto de Rentas y Gastos o adicionar el mismo, para fijar las partidas necesarias y dar cumplimiento a la presente ley.
ARTÍCULO 4o. <Ver Resumen de Notas de Vigencia> Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los ocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres.
El Presidente del honorable Senado de la República,
CARLOS HOLGUIN SARDI
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Secretario General del honorable Senado,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JULIO ENRIQUE OLAYA RINCÓN.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., noviembre 28 de 1983.
BELISARIO BETANCUR
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDGAR GUTIÉRREZ CASTRO.
El Ministro de Educación Nacional,
RODRIGO ESCOBAR NAVIA.
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
HERNÁN BELTZ PERALTA.
El Ministro de Salud,
JAIME ARIAS RAMÍREZ.
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