LEY 63 DE 1982
(diciembre 30)
Diario Oficial No. 36.166 de 7 de enero de 1983

Por la cual la Nación se asocia a la celebración del cuarto centenario de la ciudad de Rionegro (Departamento de Antioquia), rinde tributo a su fundador don Juan Daza y se dictan otras disposiciones

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. La Nación se asocia a la celebración del cuarto centenario de la ciudad de Rionegro, en el Departamento de Antioquia, y rinde tributo de gratitud a su fundador don Juan Daza y a las virtudes cívicas, la capacidad creadora y espíritu de superación de los habitantes de aquella ilustre ciudad.

ARTÍCULO SEGUNDO. En desarrollo de los ordinales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución, el Gobierno Nacional planificará y pondrá en ejecución las siguientes obras de beneficio común en la ciudad de Rionegro, así:

1. Construcción de un terminal de transporte.

2. Aporte para acueducto y alcantarillado.

3. Ampliación plaza de mercado.

4. Aporte para construcción y dotación matadero regional.

5. Adquisición maquinaria para sostenimiento de vías.

6. Construcción edificio para oficinas públicas.

7. Aporte para construcción de acueductos rurales.

8. Construcción y dotación plaza de ferias.

9. Adquisición y dotación casa de la cultura.

10. Adquisición de equipo del servicio regional de bomberos.

11. Construcción de un monumento conmemorativo al fundador de la ciudad don Juan Daza.

ARTÍCULO TERCERO. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y dos (1982)

El Presidente del honorable Senado de la República,
BERNARDO GUERRA SERNA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
EMILIO LEBOLO CASTELLANOS

El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Julio Enrique Olaya Rincón.

República de Colombia - Gobierno Nacional. Publíquese y ejecútese. Bogotá, D. E., 30 de diciembre de 1982.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Edgar Gutiérrez Castro.

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
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