LEY 18 DE 1982
(enero 20)
Diario Oficial No. 35.937 de 3 de febrero de 1982

<NOTA DE VIGENCIA: Ley INEXEQUIBLE>

Por la cual se autorizan reconocimientos

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Ley INEXEQUIBLE> La Nación, por intermedio del Fondo Vial Nacional pagará, una vez comprobado el monto de las obligaciones, a cada una de las personas que adelante se enumeran, una suma igual al valor de la construcción, interventoría o estudio que hubiere realizado y que no se hubiere cancelado. El valor que se reconozca se calculará teniendo en cuenta exclusivamente los valores invertidos en el momento de su ejecución, sin que en ningún caso pueda exceder los montos indicados a continuación.

I OBRAS SIN CONTRATO

Contratista. UbicaciónMonto Autorizado
A) Construcción
Ecopetrol, Barrancabermeja, Bucaramanga$ 1.426.633.00
H. B Estructuras Metalicas S.A Obras adicionales. Puente elevado, Cali506.950.00
H. B Estructuras Metalicas S.A Obras adicionales. Puente Calamar234.000.00
B) Interventorias
Sota Ltda Avenida Circunvalación, Neiva5.339.823.00
II OBRAS EJECUTADAS FUERA DEL PLAZO DEL CONTRATO.  
Número de contrato. Contratista, Ubicación.Monto Autorizado
A) Construcción
Contrato principal número 419-73 y sus adicionales 181-75, 236-76, 164-77 y 219-78. Lisandro Frankly Alzate.
Cartago-Novita
$ 6.263.473.00
Contrato principal número 192-75 y sus adicionales números 106-76, 184-77, y 689-77 Sanchez Ingenieros Ltda Chigorodo - El tres Turbo 1.437.090.00
Contrato principal número 126-76 y sus adicionales números 218-77 y 27-78. Paulino Beltran. Puente quebrada la china y variante733.143.26
Contrato principal número 147-77 y su número adicional 171-77 Arinco Limitada Carretera Pereira La Pintada, sector Kilómetro 44 + kilómetro 79.   
B) Interventorias
Contrato principal número 115-73, y sus adicionales números 71-75, 363-75, 470-76 y 650-77. Sintec Limitada (Cesonario de C Y C Limitada), Tres puertas la estrella..............1'211.372.00. Contrato principal número 278-73 y sus adicionales números 297-74, 148-75, 269-76, 502-76 y Bucaramanga-Barrancabermeja. Sector de la Putana Rio Sogamoso. 3.721.639.00
Contrato principal número 138-75 Cona Ltda Cereté-Coveñas 256.234.00
Contrato principal su número 147-75, y sus adicionales números 522-76, 127-77 y 137-78. Gama Ltda Carretera: Bucaramanga-Santa Marta. Sector Kilómetro 65 Bosconia al Kilómetro 621.264.189.00
Contrato principal número 573-76. Cona Ltda. Interconexión Vial Barranquilla. 1.060.782.00
III OBRAS EJECUTADAS POR ENCIMA DEL VALOR DEL CONTRATO
A) Construcción:
Contrato principal número 284–70. Murillo Loboguerrero y Cía. Ltda. y otros. K. 23–Ubaté–Chiquinquirá2.323.000.00
Contrato principal número 76–71 y sus adicionales números 323– 72, 34–74, 369–74, 449–74 y 126–75. Gilberto Alvarez y Carlos Collins y Carrillo Durán Ltda. Avenida Ferrocarril Santa Marta627.372.00
Contrato número 156–71 y sus adicionales números 134–73, 418–73, 253–74, 433–74 y 151–75. Inequipos Ltda. y Alberto Serrano Lynton. Carretera: Popayán–Pasto. Sector: Mojarras–quebrada Matacea1.980.580 00
Contrato principal número 393–71 y sus adicionales números 267– 73, 422–73, 178–74, 413–74 y 131–75. Gilberto Alvarez y Carlos Collins. Don Diego– Río Palomino560.506.00
Contrato número 28–72 y sus adicionales números 451–73 177–74, 389–74,100–75, 230–75, 425–75 y 152–76. Mora Mora y Cía. Ltda. Turísticas Gairaca, Neguaje y Cinto2.351.345.00
Contrato principal número 117–70 y sus adicionales números 80– 71, 137–72, 64–739.190.567.00
Contrato principal número 396–73 y su adicional número 226–741.372.640.00
Contrato principal número 491–77 y sus adicionales números 276– 78 y 189–79. Conic Ltda Bucaramanga–Barrancabermeja82.644.484.00 Sector Barrancabermeja–Río Sogamoso25.627.912.00
Contrato principal número 403–73 y sus adicionales números 422– 74, 71–77 y 86–78. Sococo Ltda. Carretera Medellín–Bogotá. Sector Río Samaná–Río Claro9.445.184.00
Contrato principal número 39–74 y sus adicionales números 293–76 y 329–77. H. B. Estructuras Metálicas S. A. Puente La Felisa y otros297.535.00
Contrato principal número 184–74 y su adicional número 106–75. Onco Ltda. y Hugo Alfonso Ríos. Carretera Cúcuta–la frontera hacia La Fría–San Luis, aeropuerto44.275.00
Contrato principal número 397–74 y su adicional número 271–76. Acero Estructural Ltda. Puente sobre el Río Suaza..331.502.00 Contrato número 182–75. Gilberto Alvarez y Carlos Collins. Carretera Cereté–Coveñas. Sector K 23 + 500 a K. 69 + 000803.807.00
Contrato principal número 249–75 y sus adicionales números 104– 76, 166–77 y 40–78. Carretera Bucaramanga–Santa Marta549.090.00
Contrato principal número 179–77 y su adicional número 106–78. Inequipos Ltda. y Alberto Serrano Lynton. Sector Curumaní– Crucero–Chiriguaná67.586.00
Contrato principal número 258–75 y sus adicionales números 94–76 y 79–77. Construca Ltda. Carretera Bucaramanga–Santa Marta. Sector La Loma K. 621.025.720.00
Contrato número 264–75 y sus adicionales números 102–74 y 501– 76. Inconstruc. Ltda. Carretera Bucaramanga–Santa Marta. Sector Río Ariguaní K. 652.970.000.00
Contrato principal número 406–75 y sus adicionales números 665– 77 y 264–78. Luis H. Solarte y Carlos A. Solarte S. Mocoa– Pitalito. Sector Mocoa K. 1613.897.493.00
Contrato principal número 17–76 y su adicional número 153–76. Contrato principal número 456–75 y su adicional número 146–76. Contrato principal número 183–76 Botero AguilarCía. Limitada. Avenida Ferrocarril3.588.660.00 Barrancabermeja. Sector Comisariato465.976.00
Ecopetrol y Avenida de los Periodistas1.518.687.00
Contrato principal número 20–76 y su adicionál número 338–76. Guillermo Apráez. Puentes Aranjuez y chupadedo1.498.00
Contrato principal número 38–76 y sus adicionales números 338–76 y 684–77. Germán Alvarado y Cía. Ltda. y Murillo Loboguerrero y Cía. Ltda. Carretera Puerto Salgar – Puerto Boyacá. Sector Puerto Salgar– Río Negro208.684.00
Contrato principal número 93–76 y sus adicionales números 383– 76, 67–77, 313–77 y 498–77. Jaime Fernández Valencia. Construcción cunetas y canales en la variante de Quebrada Blanca829.226.66
Contrato principal número 98–76 y sus adicionales números 353– 76, 65–77, 317–77 y 497–77. Jorge Falla Lozano Construcción viaducto Quebrada Blanca319.487.10
Contrato principal número 108–76 y sus adicionales números 352– 76, 72–77, 321–77 y 499–77 Jaime Restrepo O. Construcción de un muro y obras de defensa en el estribo izquierdo del puente de Quebrada Blanca203.706.94
Contrato principal número 121–76 y sus adicionales números 32–77 y 452–77. Julio Gerlein Echeverría. Canal Arroyo–EI Country (1.7 Km.)1.489.984.00
Contrato número 135–76. Grancolombiana de Ingeniería y Construcción –Grandición –Ltda.– Variante Caucasia4.065.480.00
Contrato número 210–76. Onco Ltda. Neira–Aranzazu1.276.667.00
Contrato número 274–76. Hernán Duarte Esguerra. Puente Calamar128.730.00
Contrato principal número 172–77 y su adicional número 645–77. Ramírez y Cabrera Ingenieros Civiles Ltda. Puente sobre el canal La Toma, carretera Neiva–Castilla213.423.00
Contrato principal número 178–77 y sus adicionales números 506– 77 y 693–77710.823.00
Contrato principal número 181–77 y sus adicionales números 510– 77 y 691–77. Onco Ltda. Ibagué–La Linea. Sector K. 85 a l9123.308.00
Contrato número 550–77. Uricoechea Calderón y Compañía Ltda. Puente Río Guayabal582.755.00
B) Interventorías:
Contrato principal número 118–69 y sus adicionales números 115– 71, 132, 342–72, 106–74 y 462–74. Integral Ltda. Carretera troncal de Occidente. Sectores varios (Nechí–Ventanas–TarazᖠCaucasia
6.295.00
Contrato principal número 126–70 y sus adicionales números 348– 71, 219–72, 413–73, 411–74, 18–75 y 299–75. CEI Ltda. Mocoa– Pitalito. Sector Mocoa–río Caquetá333.339.00
Contrato principal número 335–70 y su adicional número 332–74. Integral Ltda. Medellín–Bogotá. Sector santuario–La Piñuela2.601.00
Contrato principal número 59–71. CEI Ltda. e Hidroestudios Ltda. Montería–Planetarrica y otros. (Tolúviejo Sincerín)332.571.00
Contrato número 145–75. José Guerra Amar. Barranquilla–Puerto Colombia–Santa Verónica
499.105.00
Contrato principal número 356–75 y sus adicionales números 75– 76, 395–76, 224–77, 417–77, 651–77 y 207–78. Ingecos Ltda. Carretera Puerto–Salgar–Puerto Boyacá. Sector rio negro–Puerto Boyacá4.289.295.00
Contrato principal número 379–75 y sus adicionales números 438– 77, 636–77 y 180–78. Anaya y Peynado Ltda. Barranquilla– Ponedera. Sector Aeropuerto Ponedera465.895.00
Contrato principal número 399–75 y sus adicionales números 08– 76, 354–76, 124–77 y 465–77. Sota Ltda. Neiva Palermo. Sector K. 12 + 985 a K. 18 + 8001.757.947.00
Contrato principal número 471–75 y sus adicionales números 56–76 y 486–77. Interventorías Ltda. Carretera central del Norte. Sector Susacón–Soatá 286.009.00
Contrato número 508–75. Empresas Técnicas Ltda. Carretera marginal de la Selva. Sector Unión–San Martín971.233.00
Contrato principal número 134–76 y sus adicionales números 638– 77 y 441–77. Inesco Ltda. Yumbo–San Marcos2.714 113.00
Contrato principal número 363–76 y sus adicionales números 64–78 y 289–78. José Guerra Amar. Saneamiento caño del mercado de Barranquilla400.835.00
Contrato principal número 182–77 y su adicional número 433–77. Senior y Viana Ltda. Canalización arroyo El Country–Barranquilla2.635.636.00
Contrato principal número 400–77. CEDI Ltda. Carretera Pitalito– río Sombrerillos–Parque Arqueológico–San Agustín2.458.649.00
C) Estudios:
Contrato principal número 361–72 y sus adicionales números 206– 75, 477–75, 443–76 y 635–77. Interdiseños Ltda. Río Humea– Aguazul2.021.004.00
Contrato principal número 472–75 y sus adicionales números 482– 76, 386–77 y 184–78. La Vialidad Ltda Corinto– Aguazul948.831.00
Contrato principal número 407–76 integral Ltda. Puerto Triunfo–Puerto Salgar185.191.00
Contrato principal número 445–77. CEDI Ltda. Canalización río Loro–Neiva24.947.5

ARTICULO 2o. <Ley INEXEQUIBLE> La Nación, por intermedio del Fondo de Inmuebles Nacionales pagará, una vez comprobado el monto de las obligaciones, a cada una de las personas que adelante se enumeran, una suma igual al valor de la construcción, interventoría o estudio que hubiere realizado y que no se hubiere cancelado. El valor que se reconozca se calculará teniendo en cuenta exclusivamente los valores invertidos en el momento de su ejecución, sin que en ningún caso pueda exceder los montos indicados a continuación.

I OBRAS SIN CONTRATO

Contratista. UbicaciónMonto autorizado
Ascensores Schindler. Mantenimiento de siete (7) ascensores2.438.149.00.
Humberto Montes. Limpieza fachada capitolio492.000.00
Ascensores Otis. Mantenimiento de diez y siete (17) ascensores2.438.149.00
Ericsson de Colombia. Sistema telefónico de Despacho Ministro y Secretaría General$ 566.055.00
II OBRAS EJECUTADAS FUERA DE PLAZO
Número del contrato. Contratista. UbicaciónMonto autorizado
Contrato principal número 96–69 y sus adicionales números 212– 71, 333–73 y 273–74. Camacho Carrizosa y Ferro Ltda. Interventoría Palacio de Justicia 1.139.184.00
Contrato principal número 136–70 y sus adicionales números 353– 72 y lll–74. Londoño y Martínez Ltda. Planos y dirección arquitectónica Edificio Nacional, Manizales.173.563.00 Contrato principal número 369–70 y su adicional número 375–71. Contrato principal número 435–72. Contrato principal número 99– 75. Contrato principal número 124–75. Pradilla Trujillo y Cía. Ltda. Palacio de Nariño. Bogotá352.470.00
Contrato número 81–77. Servys Ltda. Vigilancia Quinta de Bolívar161.343.00
III OBRAS EJECUTADAS POR ENCIMA DEL VALOR DEL CONTRATO
Número del contrato. Contratista. UbicaciónMonto autorizado
Contrato principal número 123–72 y sus adicionales números 371– 73 y 455–73, y Contrato principal número 202–75 y su adicional 333–76. José María de Mier. Interventoría Palacio de Nariño895.519.00
Contrato principal número 329–74 y sus adicionales números 31– 76, 510–76 y 719–77. Luis Raúl Rodríguez. Lamus Limitada. Interventoría Edificio del Congreso1.149.594.00
Contrato principal número 286–75 y sus adicionales números 413– 76. Restauración San Felipe. Restauración San Felipe de Barajas534.228.00
Contrato principal número 423–75 y sus adicionales números 347– 76 y 471–76. Consultores del Caribe Ltda. Interventoría San Felipe de Barajas711.262.00
Contrato número 28–77. Germán Peña Velásquez. Interventoría construcción Colonia Vacacional Girardot20.833.00
Contrato número 339–77. Eduardo E. Otero R. Construcción cuatro (4) jaulas para jardín zoológico Parque Nacional......505.452.00 Contrato número 361–77. Náder Mantilla y Asociados. Construcción seis (6) jaulas para jardín zoológico Parque Nacional1.045.110.00
Contrato número 364–77.Carlos Alvaro Sánchez F. Construcción seis (6) jaulas para jardín zoológico. Parque Nacional545.295.00
Contrato principal número 402–77 y su adicional número 47–78. Fajardo Vélez y Cía. Ltda. Planos completos para Edificio Contraloría3.801.704.00

ARTICULO 3o. <Ley INEXEQUIBLE> La comprobación de la veracidad en la ejecución y la cuantía de las obligaciones por reconocer, la efectuará una comisión integrada por las siguientes personas:

El Ministro de Obras Públicas y Transporte o su delegado. El Contralor General de la República o su delegado. El Procurador General de la Nación o su delegado. Un delegado de la Sociedad Colombiana de Ingenieros o de la Sociedad Colombiana de Arquitectos, en su caso, nombrado por el Presidente de la República de terna que le remitan dichas asociaciones.

PARAGRAFO. La Comisión gozará de un término de seis (6) meses contados a partir de la vigencia de esta Ley para cumplir su cometido y suscribir el acta respectiva.

ARTICULO 4o. <Ley INEXEQUIBLE> El reconocimiento se someterá exclusivamente a los requisitos señalados en esta Ley y no podrá exceder el valor máximo autorizado en cada caso.

ARTICULO 5o. <Ley INEXEQUIBLE> El Gobierno queda facultado para abrir créditos y hacer traslados presupuestales durante la presente vigencia y las siguientes, para dar cumplimiento de lo previsto en esta Ley.

ARTICULO 6o. <Ley INEXEQUIBLE> Forma parte de la presente Ley como anexo, los siguientes contratos:

96–69 y sus adicionales 212–71, 333–73 y 273–74. 118–69 y sus adicionales 115–71, 132–71, 342–72, 106–74 y 462–74. 117–70 y sus adicionales 80–71, 137–72, 64–73. 126–70 y sus adicionales 348–71, 219–72, 413–73, 411–74, 18–75 y 299–75. 136–70 y sus adicionales 353–71 y lll–74. 284–70. 335–70 y su adicional 332– 74. 369–70 y su adicional 375–71. 59–71.
76–71 y sus adicionales 323–72, 34–74, 369–74, 449–74, 126–75. 156–71 y sus adicionales 134–73, 418–73, 253–74, 433–74 151–75. 393–71 y sus adicionales 267–73, 422–73, 178–74, 413–74 y 131– 75.
28–72 y sus adicionales 451–73, 177–74, 389–74, 230–75, 100–75, 425–75 y 152–76. 123–72 y sus adicionales 371–73 y 455–73. 361– 72 y sus adicionales 206–75, 477–75, 443–76 y 635–77. 435–72. 115–73 y sus adicionales 71–75, 363–75, 470–76 y 650–77. 278–73 y sus adicionales 297–74, 148–75, 48–76, 269–76, 502–76 y 549– 77. 396–73 y su adicional 226–74. 403–73 y Sus adicionales 422– 74, 71–77 y 86–78. 419–73 y sus adicionales 181–75, 236–76, 164– 77 y 219–78.
39–74 y sus adicionales 293–76 y 329–77. 184–74 y su adicional 106–75. 397–74 y su adicional 271–76. 329–74 y sus adicionales 31–76, 510–76 y 719–77.
99–75. 124–75. 138–75. 145–75. 147–75 y sus adicionales 522–76, 127–77 y 138–78. 182–75 192–75 y sus adicionales 106–76, 184–77 y 689–77. 202–75 y su adicional 333–76.
249–75 y sus adicionales 104–76, 166–77 y 40–78. 258–75 y sus adicionales 94–76 y 79–77. 264–75 y sus adicionales 102–76 y 501–76. 286–75 y sus adicionales 413–76 y 348–77. 356–75 y sus adicionales 75–76, 395–76, 224–77, 417–77, 651–77 y 207–78. 379– 75 y sus adicionales 438–77, 636–77 y 180–78 399–75 y sus adicionales 8–76, 354–76, 124–77 y 465–77. 406–75 y sus adicionales 665–77 y 264–78 423–75 y sus adicionales 347–77 y 471–76 458–75 y su adicional 146–76. 471–75 y sus adicionales 56–76 y 486–77. 472–75 y sus adicionales 482–76, 386–77, 184–78 y 604–78. 508–75.
17–76 y su adicional 153–76. 20–76 y su adicional 338–76. 38–76 y su adicional 684–77. 93–76 y sus adicionales 383–76, 313–77, 67–77 y 498–77. 98–76 y sus adicionales 353–76, 65–77, 317–77 y 497–77 108–76 y sus adicionales 352–76, 72–77 321–77 y 499–77 121–76 y sus adicionales 32–77 y 452–77. 126–76 y sus adicionales 218–77 y 27–78. 134–76 y sus adicionales 638–77 y 441–77. 135–76. 210–76. 274–76. 363–76 y sus adicionales 64–78 y 289–78. 407–76. 573–76: 28–77. 81–77. 147–77 y su adicional 171– 78. 172–77 y su adicional 645–77. 178–77 y sus adicionales 506– 77 y 693–77 179–77 y su adicional 106–78. 181–77 y sus adicionales 510–77 y 691–77. 182–77 y su adicional 433–77. 339– 77. 361–77. 364–77. 400–77 y sus adicionales 373–78, 277–79 y 507–79. 402–77 y su adicional 47–78. 445–77. 491–77 y sus adicionales 276–78 y 189–79. 550–77.

ARTICULO 7o. <Ley INEXEQUIBLE> Esta Ley rige desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a... de... de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente del Honorable Senado de la República,
GUSTAVO DAJER CHADID

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes,
J. AURELIO IRAGORRI HORMAZA

El Secretario General del Honorable Senado de la República,
CRISPIN VILLAZON DE ARMAS

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes,
ERNESTO TARAZON SOLANO

República de Colombia – Gobierno Nacional. Bogotá, D. E., enero 20 de 1982. Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EDUARDO WIESNER DURAN

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.