LEY 2 DE 1982
(enero 11)
Diario Oficial No. 35.928 de 21 de Enero de 1982

Por la cual se deroga el Decreto 181 de 1981 y se restablece la vigencia del Decreto 409 de 1971 con las leyes y decretos que lo adicionan, complementan y reforman.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. Derogáse el Decreto 181 de 29 de enero de 1981.

ARTÍCULO 2o. Adoptase como Código de Procedimiento Penal Colombiano el contenido en el Decreto 409 de 1971, actualmente en vigencia, con las leyes y decretos que lo adicionan, complementan y reforman.

ARTÍCULO 3o. Esta Ley regirá desde su promulgación.

Dada en Bogotá, D. E., a los diez y seis días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y uno.

El Presidente del honorable Senado,
GUSTAVO DAJER CHADID

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
J. AURELIO IRAGORRI HORMAZA

El Secretario General del honorable Senado,
Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Ernesto Tarazona Solano

República de Colombia - Gobierno Nacional. Bogotá, D. E., enero 11 de 1982.
Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Justicia,


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.