LEY 81 DE 1981
(diciembre 15)
Diario Oficial No. 35.913 de 29 de diciembre de 1981
Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981 por $ 6.510.645.000; se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia (Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, Policía Nacional y Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y Desarrollo Económico) por $ 433.995.000.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1981 en la cantidad de seis mil quinientos diez millones seiscientos cuarenta y cinco mil pesos ($ 6.510.645.000) moneda corriente, que con base en los Certificados de Disponibilidad números 66 de octubre 7 de 1981 por valor de $ 550.430.000; 67 de octubre 7 de 1981 por valor de $ 2.215.905.000 y 69 de octubre 7 de 1981, por valor de $ 3.744.400.000, se incorporan así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 2o. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981, así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 3o. Efectúanse los siguientes traslados en el presupuesto de gastos de la vigencia fiscal de 1981.
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 4o. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y uno (1981)
El Presidente del honorable Senado de la República,
GUSTAVO DAJER CHADID
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
J. AURELIO IRAGORRI HORMAZA
El Secretario del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,
ERNESTO TARAZONA SOLANO
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá D. E., 15 de diciembre de 1981.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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