LEY 71 DE 1981
(noviembre 24)
Diario Oficial No. 35.899 de 7 de diciembre de 1981
Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981 (Ministerio de Salud) por $ 245.941.000.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1981, en la cantidad de un doscientos cuarenta y cinco millones novecientos cuarenta y un mil pesos ($ 245.941.000) moneda corriente, que con base en los Certificados de Disponibilidad número 54 de agosto 18 de 1981 por valor de $ 69.780.400 y 55 de agosto 18 de 1981, por valor de $ 176.160.600.00, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporan así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 2o. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior ábranse los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1981, así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 3o. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a los … días del mes de … de mil novecientos ochenta y uno (1981)
El Presidente del honorable Senado de la República,
GUSTAVO DAJER CHADID
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
J. AURELIO IRAGORRI HORMANZA
El Secretario del honorable Senado de la República,
CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS
El Secretario de la honorable Cámara de Representantes,
ERNESTO TARAZONA SOLANO
República de Colombia – Gobierno Nacional
Bogotá D. E., 24 de noviembre de 1981.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
|