LEY 26 DE 1980
(octubre 29)
Diario Oficial No. 35.638 de 6 de Noviembre de 1980.
<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>
Por la cual se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital, se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1980 por la suma de $9.740.125.924.00.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase <sic> el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1980 en la cantidad de nueve mil setecientos cuarenta millones ciento veinticinco mil novecientos veinticuatro pesos ($ 9.7403125.924.00) moneda corriente con base en lo Certificados de Disponibilidad números 10, 11, 12, 21, 22 y 23 expedidos por el Contralor General de la República, se incorporará así:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 2o. Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábrense <sic> los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1980:
Se omiten cuadros
ARTÍCULO 3o. La presente Ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a.... de mil novecientos ochenta (1980).
El Presidente del honorable Senado de la República.
JOSE IGNACIO DIAZ GRANADOS
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
HERNANDO TURBAY TURBAY
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Amaury Guerrero.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jairo Morera Lizcano.
República de Colombia. Gobierno Nacional.
Dada en Bogotá, D. E., a 29 de octubre de 1980.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,
|