LEY 8 DE 1980
(febrero 4)
Diario Oficial No. 35457 de 14 de febrero de 1980

Por medio de la cual se aprueba la "Convención Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, firmado en Londres el 1o. de noviembre de 1974, y el Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, firmado en Londres el 16 de febrero de 1978 y se autoriza al Gobierno Nacional para adherir a los mismos

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Apruébase la "Convención Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmada en Londres el 1o. de noviembre de 1974 y autorízase al Gobierno Nacional para adherir al mismo, cuyo texto es:
..............................................................................................................................

Rama Ejecutiva del Poder Público.
Presidencia de la República.

Bogotá, D. E., septiembre 1978.

APROBADO. Sometáse <sic> a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,
DIEGO URIBE VARGAS

Es el texto certificado de la "Convención Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmada en Londres el 1°. de noviembre de 1974, del cual reposa copia en los Archivos de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Jefe de la División de Asuntos Jurídicos,
HUMBERTO RUIZ VARELA.

Bogotá, D. E.,...

ARTÍCULO SEGUNDO. Apruébase el "Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmado en Londres el 16 de febrero de 1978, y autorízase al Gobierno Nacional para adherir al mismo, cuyo texto es:

.........................................................................

Rama Ejecutiva del Poder Público.
Presidencia de la República.

Bogotá, D. E., 10 de septiembre de 1978.

APROBADO. Sometáse <sic> a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,
DIEGO URIBE VARGAS.

Es el texto certificado del "Protocolo de 1978 relativo al Convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar", firmado en Londres el 16 de febrero de 1978, del cual reposa copia en los archivos de la División de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

El Jefe de la División de Asuntos Jurídicos,
HUMBERTO RUIZ VARELA.

Bogotá. D. E.,...

ARTÍCULO TERCERO. Esta Ley entrará en vigencia una vez cumplidos los requisitos establecidos en la Ley 7ª. del 30 de noviembre de 1944 en relación con el Convenio y el Protocolo que por esta misma Ley se aprueba.

Dada en Bogotá, D. E.,...

El Presidente del honorable Senado de la República,
HECTOR ECHEVERRI CORREA

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ADALBERTO OVALLE MUÑOZ

El Secretario General del honorable Senado,
AMAURY GUERRERO

El Secretario General de la honorable Cámara,

JAIRO MORERA LIZCANO.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., 4 de febrero de 1980.
Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,
DIEGO URIBE VARGAS.

El Ministro de Defensa Nacional,


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.