LEY 41 DE 1979
(octubre 4)
Diario Oficial No. 35.378 de 26 de octubre de 1979
<NOTA DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por agotamiento de objeto>
CONGRESO DE COLOMBIA
Por la cual la Nación se asocia a la celebración del centenario del Municipio de Villamaría, en el Departamento de Caldas, y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. La Nación se asocia a la conmemoración del centenario del Municipio de Villamaría, en el Departamento de Caldas, y honra a sus fundadores.
ARTÍCULO 2o. Facultase al Gobierno Nacional por el término de tres (3) años, contados a partir de la sanción de la presente Ley, para llevar a cabo la terminación de la construcción del edificio para el Colegio Gerardo Arias Ramírez, como aporte especial de la Nación a dicha celebración.
ARTÍCULO 3o. Esta Ley rige desde la fecha de su sanción.
Dada en Bogotá, D. E., a... de... de mil novecientos setenta y nueve (1979).
El Presidente del honorable Senado de la República,
HECTOR ECHEVERRI CORREA
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
ADALBERTO OVALLE MUÑOZ
El Secretario General del honorable Senado de la República,
AMAURY GUERRERO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JAIRO MORERA LIZCANO.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Bogotá, D. E., 4 de octubre de 1979.
Publíquese y ejecútese.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JAIME GARCÍA PARRA.
El Ministro de Educación Nacional,
RODRIGO LLOREDA CAICEDO.
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