LEY 36 DE 1978
(DICIEMBRE 6)
Diario Oficial No. 35.167 de 28 de diciembre de 1978

CONGRESO DE COLOMBIA

Por la cual se fijan asignaciones de los altos funcionarios de las Ramas Jurisdiccional y Legislativa del Poder Público y el Contralor General de la República.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>

ARTÍCULO 2o. <Artículo derogado tácitamente por los Artículos 4o., 5o., 6o. y 7o. de la Ley 4 de 1992>

ARTÍCULO 3o. El Gobierno Nacional realizará las operaciones de crédito y contracrédito necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley.

ARTÍCULO 4o. Esta Ley rige desde su sanción y modifica las disposiciones existentes sobre la materia.

Dada en Bogotá, D. E., a... de... de mil novecientos setenta y ocho (1978).

El Presidente del honorable Senado de la República,
 GUILLERMO PLAZAS ALCID.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
JORGE MARIO EASTMAN.

El Secretario General del honorable Senado de la República,
AMAURY GUERRERO.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JAIRO MORERA LIZCANO.

República de Colombia. - Gobierno Nacional. Bogotá, D. E., diciembre 5 de 1978.

Publíquese y ejecútese.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Justicia,
HUGO ESCOBAR SIERRA.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JAIME GARCÍA PARRA.


 
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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011.
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011.
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet.