LEY 31 DE 1978
(noviembre 30)
Diario Oficial No. 35.167 de 28 de diciembre de 1978
<NOTAS DE VIGENCIA: En criterio del Editor esta Ley no se encuentra vigente por cumplimiento del término para el cual fue expedida>
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1978 (Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Salud, Desarrollo Económico y Rama Jurisdiccional) por $ 12.874.896.00.
NOTA: LEY DE PRESUPUESTO. POR SU EXTENSION Y COMPLEJIDAD Y DADA SU CORTA VIGENCIA EL TEXTO DE ESTA NORMA NO SE SISTEMATIZARA. FAVOR REMITIRSE AL DIARIO OFICIAL. AÑO CXV. N. 35167. 28, DICIEMBRE, 1978. PÁG 874
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Cámara de Representantes de Colombia | Información legislativa www.camara.gov.co |
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.© ISSN 2145-6607, "Leyes 1968 a 1991 - Vigencia Expresa y Control de Constitucionalidad", 1o. de abril de 2011. |
Incluye análisis de vigencia expresa y análisis de fallos de constitucionalidad publicados hasta 1o. de abril de 2011. |
La información contenida en este medio fue trabajada sobre transcripciones realizadas a partir del Diario Oficial; los fallos de constitucionalidad fueron suministrados por la Corte Constitucional. Cuando fue posible se tomaron los textos del Diario Oficial publicados por la Imprenta Nacional en Internet. |