DECRETO 524 DE 1971
(marzo 27)
Diario Oficial No. 33.300 del 29 de abril de 1971
Por el cual se fijan unas asignaciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 16 de 1968 y oído el concepto de la Comisión Asesora que ella establece,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. A partir del 1o de julio de 1971 las asignaciones mensuales de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, de los Consejeros de Estado, de los Fiscales del Consejo de Estado y del Procurador General de la Nación, serán de trece mil pesos ($ 13.000.00) moneda corriente, de sueldo, y siete mil pesos ($7.000.00) de gastos de representación.
ARTÍCULO 2o. El Gobierno llevará a cabo las operaciones presupuéstales que sean necesarias para dar cumplimiento al presente Decreto.
ARTICULO 3o. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de marzo de 1971.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Justicia,
MIGUEL ESCOBAR MÉNDEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
ALFONSO PATIÑO ROSELLI.
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