- VOTO DE LOS MIEMBROS DE LA FUERZA PUBLICATítulo:Por medio del cual se aprueba el voto de los miembros de la fuerza pública y se modifica el inciso 2° del articulo 219 de la Constitución Política de ColombiaAutor: H.S. Germán Alcides Blanco Álvarez, H.S. Oscar Barreto Quiroga, H.S. Marcos Daniel Pineda García, H.S. Esteban Quintero Cardona, H.S. Carlos Manuel Meisel Vergara, H.S. Diela Liliana Solarte Benavides, H.R. Juan Manuel Cortés Dueñas, H.R. Erika Tatiana Sánchez Pinto, H.R. Luis David Súarez Chadid, H.R. Armando Antonio Zabaraín de Arce, H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache, H.R. Libardo Cruz Casado, H.R. Ciro Antonio Rodríguez Pinzón, H.R. Juana Carolina Londoño Jaramillo,Comisión: Comisión Primera Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 113/2023CSenado:Legislatura: 2023 - 2024Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Agosto 08 de 2023Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1077 de 2023Objeto de proyecto: El presente acto legislativo posibilita el derecho a votar en las elecciones a los miembros de la fuerza publica, esta es integrada según el articulo 216 de la constitución por las Fuerzas Militares y las Policía Nacional.Observaciones:
ARCHIVADO ART. 224 Y 225 LEY 5tA DE 1992
Primer debate cámara
PrimeraPONENTES Coordinador(es):H.R. Juan Manuel Cortés DueñasPublicacionesPonencia Primer Debate