Pasar al contenido principal
  • VOTO DE LOS MIEMBROS DE LA FUERZA PUBLICA
    Estado actual:Archivado
    Título:
    Por medio del cual se aprueba el voto de los miembros de la fuerza pública y se modifica el inciso 2° del articulo 219 de la Constitución Política de Colombia
    Autor: H.S. Germán Alcides Blanco Álvarez, H.S. Oscar Barreto Quiroga, H.S. Marcos Daniel Pineda García, H.S. Esteban Quintero Cardona, H.S. Carlos Manuel Meisel Vergara, H.S. Diela Liliana Solarte Benavides, H.R. Juan Manuel Cortés Dueñas, H.R. Erika Tatiana Sánchez Pinto, H.R. Luis David Súarez Chadid, H.R. Armando Antonio Zabaraín de Arce, H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache, H.R. Libardo Cruz Casado, H.R. Ciro Antonio Rodríguez Pinzón, H.R. Juana Carolina Londoño Jaramillo,
    Comisión: Comisión Primera Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 113/2023C

    Senado:
    Legislatura: 2023 - 2024
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Agosto 08 de 2023

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 1077 de 2023
    Objeto de proyecto: El presente acto legislativo posibilita el derecho a votar en las elecciones a los miembros de la fuerza publica, esta es integrada según el articulo 216 de la constitución por las Fuerzas Militares y las Policía Nacional.
    Observaciones:

    ARCHIVADO ART. 224 Y 225 LEY 5tA DE 1992

    Primer debate cámara

    Primera
    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Juan Manuel Cortés Dueñas
    Publicaciones
    Ponencia Primer Debate
    Gaceta N 1230 de 2023 Documento
Opciones de
accesibilidad
Tamaño de texto