- RIO GUAITARATítulo:POR MEDIO DE LA CUAL SE RECONOCE AL RÍO GUAITARA, RÍO PASTO, SUS CUENCAS Y AFLUENTES, ASÍ COMO A LA LAGUNA DE LA COCHA O LAGO GUAMUEZ Y PARQUE NATURAL REGIONAL PÁRAMO DE LA PAJA BLANCA COMO SUJETOS DE DERECHOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONESAutor: H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache,Comisión: Comisión Quinta Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 073/2024CSenado:Legislatura: 2024 - 2025Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Julio 24 de 2024Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1088 de 2024Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto reconocer al Río Guáitara, Río Pasto, su cuenca y afluentes, así como a la Laguna de la Cocha o Lago Guamuez y Parque Natural Regional Páramo de la Paja Blanca como entidades sujetas de derechos, con el fin de garantizar su protección, conservación, mantenimiento y restauración. Estas responsabilidades recaerán en el Estado, las comunidades residentes y campesinas que habitan en la zona de influencia.Observaciones:
ARCHIVADO ARTICULO 190 DE LA LEY 5 DE 1992