Pasar al contenido principal
  • REFORMA POLÍTICA
    Estado actual:Trámite en Comisión
    Título:
    Por medio del cual se adopta una reforma política y se dictan otras disposiciones
    Autor: H.R. Alirio Uribe Muñoz, H.R. Etna Tamara Argote Calderón, H.R. Jorge Andrés Cancimance López, H.R. Erick Adrián Velasco Burbano, H.R. Leyla Marleny Rincón Trujillo, H.R. Gildardo Silva Molina, H.R. Ermes Evelio Pete Vivas, H.R. Eduard Giovanny Sarmiento Hidalgo, H.R. Susana Gómez Castaño, H.R. María del Mar Pizarro García, H.R. Pedro José Súarez Vacca, H.R. Gabriel Ernesto Parrado Durán, H.R. Alfredo Mondragón Garzón, H.R. David Ricardo Racero Mayorca, H.R. David Alejandro Toro Ramírez, H.R. Luis Alberto Albán Urbano, H.R. Heraclito Landinez Suárez, H.R. Gabriel Becerra Yañez,
    Comisión: Comisión Primera Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 532/2025C

    Senado:
    Legislatura: 2024 - 2025
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Marzo 05 de 2025

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 262 de 2025
    Objeto de proyecto: El presente proyecto de acto legislativo busca modificar los artículos 107, 108, 109, 126, 172, 177, 258 y 262 de la Constitución Política con los siguientes objetivos:

    1. Modificar las reglas en donde se reconoce la personería política de movimientos y partidos políticos.
    2. Modificar las reglas de financiación de los movimientos políticos con el objetivo de que sea exclusivamente estatal.
    3. Establecer un sistema de voto obligatorio aclarando que (i) el Estado es responsable de que la ciudadanía vote, (ii) que se garantizará la objeción de conciencia para el cumplimiento de este deber y (iii) que no se impongan sanciones ni consecuencias para la ciudadanía que no pueda ejercer el voto por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito.
    4. Modificar las reglas de participación de grupos políticos para que (i) existan listas únicas, cerradas y paritarias y (ii) existan consultas primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para definir el orden de las candidaturas.
    5. Introducir una prohibición de ser reelecto más de tres periodos consecutivos en el Senado de la República, en la Cámara de Representantes, en la Asamblea Departamental, en los Concejos Distritales o Municipales y en las Juntas Administradoras Locales.
    6. Cambiar las edades para ser elegido representante a la Cámara y senador de la República desde los 18 años.
    Observaciones:

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Alirio Uribe Muñoz
    Publicaciones
    Ponencia Primer Debate
    Gaceta N 446 de 2025 Documento
Opciones de
accesibilidad
Tamaño de texto