- PROTECCIÓN TRABAJO DIGITALTítulo:“Por medio de la cual se protege el trabajo en entornos digitales mediante la regulación de la contratación de Colaboradores Autónomos a través de Plataformas Digitales de Economía Colaborativa.”Autor: H.R. Mauricio Andrés Toro Orjuela, H.R. Jennifer Kristin Arias Falla,Comisión: Comisión Séptima Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 034/2020CSenado:Legislatura: 2020 - 2021Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Julio 20 de 2020Senado:Tipo:Contenido:**ver documento**Gaceta N° 643 de 2020Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto regular la relación contractual de las personas que prestan sus servicios a través de Plataformas Digitales de Economía Colaborativa, mediante la creación de la categoría de Colaborador Autónomo, garantizando el acceso y aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás derechos de los que trata la presente ley.Observaciones:
RETIRADO ART. 155 DE LA LEY 5 DE 1992. AGOSTO 11 DE 2020
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):PublicacionesRetirado por los autores agosto 17 de 2020 (Artículo 155 de la ley 5ª de 1992)