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  • PROTECCIÓN TRABAJO DIGITAL
    Estado actual:Retirado
    Título:
    “Por medio de la cual se protege el trabajo en entornos digitales mediante la regulación de la contratación de Colaboradores Autónomos a través de Plataformas Digitales de Economía Colaborativa.”
    Autor: H.R. Mauricio Andrés Toro Orjuela, H.R. Jennifer Kristin Arias Falla,
    Comisión: Comisión Séptima Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 034/2020C

    Senado:
    Legislatura: 2020 - 2021
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Julio 20 de 2020

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    **ver documento**
    Gaceta N° 643 de 2020
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto regular la relación contractual de las personas que prestan sus servicios a través de Plataformas Digitales de Economía Colaborativa, mediante la creación de la categoría de Colaborador Autónomo, garantizando el acceso y aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y demás derechos de los que trata la presente ley.
    Observaciones:

    RETIRADO ART. 155 DE LA LEY 5 DE 1992. AGOSTO 11 DE 2020

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    Publicaciones
    Retirado por los autores agosto 17 de 2020 (Artículo 155 de la ley 5ª de 1992)
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