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  • PROHIBICIÓN BIENES DEL ESTADO ACTIVIDAD TRIBUTARIA
    Estado actual:Retirado
    Título:
    2020 “Por medio de la cual se prohíbe el uso o destinación de bienes públicos en la celebración de espectáculos taurinos en todo el territorio nacional, y se dictan otras disposiciones”.
    Autor: H.R. Luvi Katherine Miranda Peña, H.R. César Augusto Ortiz Zorro, H.R. Mauricio Andrés Toro Orjuela, H.R. Carlos Germán Navas Talero,
    Comisión: Comisión Séptima Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 112/2020C

    Senado:
    Legislatura: 2020 - 2021
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Julio 20 de 2020

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N° 667 de 2020
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene como objeto la prohibir la utilización de bienes de carácter público para la realización de prácticas taurinas, esto reconociendo el carácter cultural de la práctica, pero evitando que los recursos públicos estén dirigidos a los espectáculos taurinos.
    Observaciones:

    RETIRADO ART 155 DE LA LEY 5 DE 1992. OCTUBRE 13 DE 2020

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Carlos Eduardo Acosta Lozano
    H.R. Norma Hurtado Sánchez
    H.R. Mauricio Andrés Toro Orjuela
    Publicaciones
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