- PLATAFORMAS TECNOLÓGICASTítulo:“POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA EL USO DE PLATAFORMAS DE INTERNET PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TANSPORTE TERRESTRE INDIVIDUAL DE PASAJEROS TIPO TAXI”,Autor: H.S. Jorge Enrique Robledo Castillo, H.R. Jorge Alberto Gómez Gallego,Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y ComunicacionesNo. de proyecto:Cámara: 446/2020CSenado:Legislatura: 2020 - 2021Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Octubre 13 de 2020Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1102 de 2020Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto establecer las reglas para la prestación del servicio público de transporte terrestre individual de pasajeros tipo taxi mediante el uso de plataformas de internet, de conformidad con los artículos 333 y 334 de la Constitución Política, así como en las leyes 105 de 1993 y 336 de 1996.Observaciones:
ARCHIVADO de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Art375 de la Constitucion Politica.
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