- PLATAFORMA ELECTRONICATítulo:Por medio del cual se establece un impuesto territorial a las plataformas electrónicas o digitales y similaresAutor: H.R. León Fredy Muñoz Lopera, H.R. María José Pizarro Rodríguez, H.R. Wilmer Leal Pérez, H.R. Abel David Jaramillo Largo,Comisión: Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito PúblicoNo. de proyecto:Cámara: 484/2020CSenado:Legislatura: 2020 - 2021Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Diciembre 09 de 2020Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1525 de 2020Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto establecer un impuesto municipal y distrital que grave las actividades electrónicas o digitales y similares a nivel territorial tales como video, televisión, música, radio, videojuegos, llamadas de voz, mensajería, citas, almacenamiento en la nube, publicidad, servicios webcam, y cualquier otro medio o servicios de libre transmisión o actividad electrónica o digital y similares.Observaciones:
Archivado, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Art 375 de la Constitucion Politica.
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. David Ricardo Racero MayorcaPublicacionesPonencia Primer Debate