Autor:
H.S. Juan Carlos Garcés Rojas,
H.S. Julio Elias Vidal,
H.S. Juan Felipe Lemos Uribe,
H.S. John Moises Besaile Fayad,
H.S. José Alfredo Gnecco Zuleta,
H.S. Julio Elías Chagui Flórez,
H.S. Norma Hurtado Sánchez,
H.R. José Eliécer Salazar López,
H.R. Astrid Sánchez Montes De Oca,
H.R. Alexander Guarín Silva,
H.R. Jorge Eliécer Tamayo Marulanda,
H.R. Teresa De Jesús Enríquez Rosero,
H.R. Hernando Guida Ponce,
H.R. Víctor Manuel Salcedo Guerrero,
H.R. Camilo Esteban Ávila Morales,
H.R. Ana Rogelia Monsalve Álvarez,
H.R. Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza,
H.R. Saray Elena Robayo Bechara,
H.R. Ana Paola García Soto,
H.R. Diego Fernando Caicedo Navas,
H.R. Jorge Alberto Cerchiaro Figueroa,
H.R. Álvaro Mauricio Londoño Lugo,
H.R. Milene Jarava Díaz,
H.R. Julián David López Tenorio,
Objeto de proyecto:
El objeto de la presente Ley es establecer lineamientos generales para la formulación de políticas públicas dirigidas a garantizar la protección integral de las personas en riesgo de habitar la calle, personas en situación de calle y la prevención del fenómeno de habitancia en calle mediante enfoques sociales y urbanísticos, así como también, fijar herramientas institucionales que garanticen el desarrollo de una vida digna para esta población.
Observaciones: