- MULTAS DE TRANSITOTítulo:Por medio del cual se adiciona el parágrafo 3 al artículo 160 de la ley 769 de 2002 modificado por el artículo 306 de la ley 1955 de 2019 y el decreto legislativo 575 de 2020Autor: H.R. Álvaro Leonel Rueda caballero,Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y ComunicacionesNo. de proyecto:Cámara: 380/2023CSenado:Legislatura: 2022 - 2023Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Marzo 28 de 2023Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 375 de 2023Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto ajustar la legislación Colombiana en lo relacionado con la destinación específica de los recursos recaudados por concepto de multas y sanciones por infracciones de tránsito, en aras de lograr una estabilidad financiera de los organismos de tránsito, que garantice la continuidad de las actividades de educación vial, cultura ciudadana, regulación de la circulación vehicular y peatonal, vigilancia, control e intervención en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte; actividades que son su fin principal, incluso por sobre las relacionadas con la actualización del registro automotor. Lo anterior, en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 24 Constitucional.Observaciones:
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. Cristóbal Caicedo AnguloPublicaciones