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  • LENGUAJE DE SEÑAS
    Estado actual:Trámite en Comisión
    Título:
    Por medio de la cual se establece la educación en Lengua de Señas Colombiana en todas las Instituciones Educativas y se dictan otras disposiciones
    Autor: H.R. Álvaro Leonel Rueda caballero, H.R. Carlos Felipe Quintero Ovalle, H.R. Carlos Adolfo Ardila Espinosa, H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache, H.R. Duvalier Sánchez Arango, H.R. Ana Paola García Soto, H.R. Miguel Abraham Polo Polo, H.R. Juan Carlos Wills Ospina, H.R. Santiago Osorio Marín, H.R. María Fernanda Carrascal Rojas, H.R. Alirio Uribe Muñoz, H.R. Andrés David Calle Aguas, H.R. Hugo Alfonso Archila Suárez, H.R. Julián Peinado Ramírez, H.R. Wilmer Yesid Guerrero Avendaño, H.R. Oscar Hernán Sánchez León, H.R. Karyme Adrana Cotes Martínez,
    Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y Comunicaciones
    No. de proyecto:
    Cámara: 368/2024C

    Senado:
    Legislatura: 2023 - 2024
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Febrero 21 de 2024

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 128 de 2024
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto incluir la Lengua de Señas Colombiana (LSC) como enseñanza obligatoria dentro del currículo del plan de estudios en la educación preescolar, media y básica de los colegios, y en las instituciones que ofrezcan educación de adultos, así como garantizar su enseñanza a los docentes de todos lo niveles educativos y a los funcionarios públicos, con el fin de promover la comunicación inclusiva y la igualdad de oportunidades para las personas sordas.
    Observaciones:

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Dolcey Oscar Torres Romero
    Publicaciones
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