- INCENTIVOS CONSEJOS DE JUVENTUDTítulo:Por medio de la cual se modifica la ley 1622 de 2013, modificada por la ley 1885 de 2018, se establecen estímulos e incentivos para los consejeros y consejeras de juventud y se dictan otras disposiciones el congreso de Colombia
Autor: H.R. Héctor David Chaparro Chaparro,Comisión: Comisión Primera Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 545/2025CSenado:Legislatura: 2024 - 2025Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Marzo 12 de 2025Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 303 de 2025Objeto de proyecto: La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley 1622 de 2013, modificada por la Ley 1885 de 2018, para establecer un capítulo nuevo al Título IV, donde se establezcan estímulos e incentivos para los consejeros y consejeras de juventud, para que puedan cumplir de manera eficiente y digna las funciones de participación, interlocución, concertación, vigilancia, control y las demás que les asigne la leyObservaciones:- Archivado de conformidad con el artículo 153 C.P. en concordancia con el artículo 190 Ley 5ª de 1992, Junio 24 de 2025
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. Ana Paola García SotoH.R. Gabriel Becerra YañezH.R. Carlos Felipe Quintero OvalleH.R. Luis Eduardo Díaz MateusH.R. Jennifer Dalley Pedraza SandovalH.R. Oscar Rodrigo Campo HurtadoH.R. Miguel Abraham Polo PoloH.R. Karen Astrith Manrique OlarteH.R. Luis Alberto Albán UrbanoH.R. Marelen Castillo TorresPublicacionesPonencia Primer Debate HH.RR. Ana P. García, Gabriel Becerra, Carlos F. Quintero, Oscar Campo, Karen Manrique, Luis A. Albán y Marelen Castillo.Ponencia Primer Debate H.R. Jennifer Dalley Pedraza Sandoval