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  • DERECHOS DE LAS PERSONAS AUTISTAS Y NEURODIVERGENTES
    Estado actual:Trámite en Comisión
    Título:
    Por medio de la cual se reconocen los derechos de las personas autistas y neurodivergentes y se adoptan medidas para su inclusión plena en la sociedad
    Autor: H.R. Susana Gómez Castaño,
    Comisión:
    No. de proyecto:
    Cámara: 298/2025C

    Senado:
    Legislatura: 2025 - 2026
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Septiembre 03 de 2025

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 1689 de 2025
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto reconocer el autismo y otras formas de neurodivergencia como parte de la diversidad humana, y establecer medidas destinadas a garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de las personas autistas y neurodivergentes, en condiciones de igualdad, dignidad y no discriminación, mediante ajustes razonables, acciones afirmativas y la eliminación de barreras estructurales, comunicativas, actitudinales y normativas.
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