DERECHOS DE LAS PERSONAS AUTISTAS Y NEURODIVERGENTES
Estado actual:Trámite en Comisión
Título:
Por medio de la cual se reconocen los derechos de las personas autistas y neurodivergentes y se adoptan medidas para su inclusión plena en la sociedad
Autor:
H.R. Susana Gómez Castaño,
No. de proyecto:
Cámara:
298/2025C
Legislatura:
2025 - 2026
Origen:
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
Septiembre 03 de 2025
Tipo:
Contenido:
Ver documento
Gaceta N 1689 de 2025
Objeto de proyecto:
La presente ley tiene por objeto reconocer el autismo y otras formas de neurodivergencia como parte de la diversidad humana, y establecer medidas destinadas a garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de las personas autistas y neurodivergentes, en condiciones de igualdad, dignidad y no discriminación, mediante ajustes razonables, acciones afirmativas y la eliminación de barreras estructurales, comunicativas, actitudinales y normativas.
Observaciones: