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  • AMNISTIA MULTAS INFRACCIONES DE TRANSITO
    Estado actual:Archivado
    Título:
    Por medio de la cual se facultan por única vez a los alcaldes y gobernadores como autoridades de tránsito para decretar amnistías y otorgar un alivio a los ciudadanos que presentan dificultades en el cumplimiento del pago de multas por infracciones a las normas de tránsito y se dictan otras disposiciones.
    Autor: H.S. Arturo Char Chaljub, H.S. José David Name Cardozo, H.S. Armando Alberto Benedetti Villaneda, H.S. Iván Leonidas Name Vásquez, H.S. Antonio Luis Zabaraín Guevara, H.S. Mauricio Gómez Amín, H.S. Miguel Amín Escaf, H.S. Efraín José Cepeda Sarabia, H.S. Laura Esther Fortich Sanchez, H.S. Carlos Manuel Meisel Vergara, H.S. Laureano Augusto Acuña Díaz, H.R. César Augusto Lorduy Maldonado, H.R. Martha Patricia Villalba Hodwalker, H.R. Armando Antonio Zabaraín de Arce, H.R. José Gabriel Amar Sepúlveda, H.R. Jezmi Lizeth Barraza Arraut, H.R. Modesto Enrique Aguilera Vides,
    Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y Comunicaciones
    No. de proyecto:
    Cámara: 631/2021C

    Senado:
    Legislatura: 2020 - 2021
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Junio 08 de 2021

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto adicionar un artículo transitorio a la Ley 769 de 2002, con el fin de facultar a los gobernadores y alcaldes, como autoridades de tránsito, para decretar amnistías y otorgar un alivio a los ciudadanos que presentan dificultades en el cumplimiento del pago de multas por infracciones a las normas de tránsito, en el marco de la situación socioeconómica que atraviesa el país, derivada de la emergencia sanitaria por la propagación del Covid-19.
    Observaciones:

    ARCHIVADO, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Articulo 375 de la Constitucion Politica.

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