- AMNISTIA MULTAS INFRACCIONES DE TRANSITOTítulo:Por medio de la cual se facultan por única vez a los alcaldes y gobernadores como autoridades de tránsito para decretar amnistías y otorgar un alivio a los ciudadanos que presentan dificultades en el cumplimiento del pago de multas por infracciones a las normas de tránsito y se dictan otras disposiciones.Autor: H.S. Arturo Char Chaljub, H.S. José David Name Cardozo, H.S. Armando Alberto Benedetti Villaneda, H.S. Iván Leonidas Name Vásquez, H.S. Antonio Luis Zabaraín Guevara, H.S. Mauricio Gómez Amín, H.S. Miguel Amín Escaf, H.S. Efraín José Cepeda Sarabia, H.S. Laura Esther Fortich Sanchez, H.S. Carlos Manuel Meisel Vergara, H.S. Laureano Augusto Acuña Díaz, H.R. César Augusto Lorduy Maldonado, H.R. Martha Patricia Villalba Hodwalker, H.R. Armando Antonio Zabaraín de Arce, H.R. José Gabriel Amar Sepúlveda, H.R. Jezmi Lizeth Barraza Arraut, H.R. Modesto Enrique Aguilera Vides,Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y ComunicacionesNo. de proyecto:Cámara: 631/2021CSenado:Legislatura: 2020 - 2021Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Junio 08 de 2021Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoObjeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto adicionar un artículo transitorio a la Ley 769 de 2002, con el fin de facultar a los gobernadores y alcaldes, como autoridades de tránsito, para decretar amnistías y otorgar un alivio a los ciudadanos que presentan dificultades en el cumplimiento del pago de multas por infracciones a las normas de tránsito, en el marco de la situación socioeconómica que atraviesa el país, derivada de la emergencia sanitaria por la propagación del Covid-19.Observaciones:
ARCHIVADO, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Articulo 375 de la Constitucion Politica.