- TRATAMIENTO PENALTítulo:Por medio de la cual se desarrolla el tratamiento penal diferenciado para pequeños cultivadores de plantaciones de uso ilícito, de acuerdo con las disposiciones del artículo 5° transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 y el numeral 4.1.3.4 del Acuerdo Final para una Paz Estable y DuraderaAutor: H.R. Diógenes Quintero Amaya, H.R. Carlos Adolfo Ardila Espinosa, H.R. James Hermenegildo Mosquera Torres, H.R. Leonor María Palencia Vega, H.R. Santiago Osorio Marín, H.R. Orlando Castillo Advincula, H.R. Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, H.R. John Jairo González Agudelo, H.R. Gabriel Becerra Yañez, H.R. Jhon Fredy Núñez Ramos, H.R. Eduard Giovanny Sarmiento Hidalgo, H.R. Luis Alberto Albán Urbano, H.R. Luis Ramiro Ricardo Buelvas, H.R. Wilmer Yesid Guerrero Avendaño, H.R. Oscar Rodrigo Campo Hurtado, H.R. Gerson Lisímaco Montaño Arizala,Comisión: Comisión Primera Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 381/2023CSenado:Legislatura: 2022 - 2023Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Marzo 28 de 2023Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 375 de 2023Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto establecer las medidas de un tratamiento penal diferenciado, transitorio y condicionado para los cultivadores de plantaciones de uso ilícito que, previa verificación de requisitos, se vinculen a cualquiera de los programas que integran el Plan Nacional de Sustitución de Cultivos Ilícitos PNIS o cualquier otro programada estatal destinado a la sustitución de cultivos de uso ilícito.Observaciones:
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
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PONENTES Coordinador(es):H.R. Diógenes Quintero AmayaPublicacionesPonencia Primer Debate