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  • LICENCIA MENSTRUAL
    Estado actual:Trámite en Comisión
    Título:
    Por medio del cual se crea la licencia menstrual y se establecen lineamientos para una política pública que promueva, sensibilice y ejecute planes de acción sobre la protección de los derechos menstruales y se dictan otras disposiciones
    Autor: H.S. Jael Quiroga Carrillo, H.S. Martha Isabel Peralta Epieyu, H.R. Pedro José Súarez Vacca, H.R. María Fernanda Carrascal Rojas, H.R. Leider Alexandra Vásquez Ochoa, H.R. Norman David Bañol Álvarez, H.R. Alirio Uribe Muñoz, H.R. Mary Anne Andrea Perdomo, H.R. Agmeth José Escaf Tijerino, H.R. David Alejandro Toro Ramírez,
    Comisión: Comisión Séptima Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 142/2023C

    Senado:
    Legislatura: 2023 - 2024
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Agosto 16 de 2023

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 1190 de 2023
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto la creación de la licencia menstrual obligatoria con la intención de promover y garantizar el bienestar, la salud y la dignidad menstrual, estableciendo principios, contenidos y disposiciones de la Política Pública para la garantía del ejercicio y goce efectivo de los derechos menstruales en función a los derechos laborales, sexuales y reproductivos de las mujeres y personas trabajadoras menstruantes en el territorio nacional.
    Observaciones:

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. María Fernanda Carrascal Rojas
    H.R. Héctor David Chaparro Chaparro
    H.R. Germán Rogelio Rozo Anís
    H.R. Juan Camilo Londoño Barrera
    Publicaciones
    Ponencia Primer Debate
    Gaceta N 1616 de 2023 Documento
    Mintrabajo
    Gaceta N 1522 de 2023 Documento
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