DIAS REMUNERADOS POR AFECTACIONES DE SALUD MENTAL
Estado actual:Trámite en Comisión
Título:
Por medio del cual se reconocen hasta tres días libres remunerados por afectaciones de salud mental que ocasionen un bajo desempeño en las funciones laborales
Autor:
H.R. Fernando David Niño Mendoza,
H.R. Andrés Guillermo Montes Celedón,
H.R. Jorge Alexander Quevedo Herrera,
H.R. Ángela María Vergara González,
Comisión:
Comisión Séptima Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
151/2023C
Legislatura:
2023 - 2024
Origen:
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
Agosto 16 de 2023
Tipo:
Contenido:
Ver documento
Gaceta N 1192 de 2023
Objeto de proyecto:
La presente Ley tiene por objeto reconocer la salud mental como un aspecto fundamental en el diario vivir de cada individuo, cuyo desequilibrio puede afectar, entre otros, al ámbito laboral, por lo que se establece un término de uno a tres días libres remunerados, en todos los casos en que la persona sufra de una afectación mental con repercusiones en el cumplimiento de sus funciones laborales.
Observaciones: