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El Banco de Datos Genéticos, Moción de Censura, la tasa de usura y la seguridad jurídica al Seguro Agropecuario, temas discutidos hoy en comisiones
25 Noviembre 2020

La Comisión Primera de la Cámara de Representantes, aprobó en primer debate el proyecto de Ley Estatutaria 326 de 2020: “Por medio del cual se crea el Banco Nacional de Datos Genéticos vinculados a la comisión de delitos violentos de alto impacto”.

 

En la sustentación se explica que: “Las Leyes actuales en Colombia no permiten que una vez la persona culmine una condena, se limite su libertad de movilidad a razón que ya cumplió el castigo por el delito cometido, es así entonces que un expresidiario que no se encuentre completamente rehabilitado sobre la conducta que le generó la condena, tiene una alta posibilidad que vuelva a cometer un delito similar y que no se cuente con una herramienta eficaz para tener certeza de su reincidencia”.  

 

El congresista Elbert Díaz Lozano ponente de la iniciativa, señaló que: “La implementación de este Banco Nacional de Datos Genéticos, nos va a ayudar a prevenir, porque la persona que ha cometido un delito de alto impacto y que sabe que se cuenta con sus datos genéticos, puede incidir para que no cometa otros delitos o crímenes atroces”.

 

En el orden del día, también se aprobó la ponencia para primer debate del proyecto de Ley 169 de 2020, “Por medio del cual se adiciona un artículo nuevo en el Capítulo III del Título I de la Ley 5 de 1992, sobre la moción de censura”.

 

El parlamentario ponente César Augusto Lorduy Maldonado en la ponencia respectiva señaló que el objeto de la iniciativa consiste en: “Adicionar un artículo nuevo y modificar lo contenido en el Capítulo III del Título I de la Ley 5 de 1992, que establece las disposiciones sobre la Moción de Censura, con el fin de que siempre se logre votar la moción de censura que se haya promovido en contra de Ministros, Superintendentes y/o Directores de Departamentos Administrativos aun cuando ellos presenten renuncia a su cargo con posterioridad a la fecha en que se haya promovido la moción. Además, se pretende armonizar los artículos del capítulo con lo ya dispuesto en el Acto Legislativo 01 de 2007”.

 

El Artículo Nuevo contiene el siguiente texto:

 

“Al Ministro, Superintendente o Director de Departamento Administrativo respecto del cual se haya promovido moción de censura y presente renuncia a su cargo con posterioridad a la misma, no se le podrá aceptar la renuncia hasta tanto la moción sea votada por los integrantes de la Cámara que la haya propuesto. Una vez aprobada la moción de censura, el funcionario quedará separado de su cargo con ocasión a la misma y no habrá lugar a aceptación de la renuncia. Si fuere rechazada, será el nominador quien decidirá sobre la renuncia”.

 

 

En la Comisión Segunda, fue aprobado el proyecto de Ley 427 de 2020: “Por medio del cual la Nación, se asocia y rinde público homenaje al municipio de Soledad en el departamento del Atlántico, exaltando sus 108 años para el 2021 de haberse erigido villa el 8 de marzo 1813, reconociendo su riqueza cultural.

 

Los autores de la iniciativa son los representantes, Jezmi Lizeth Barraza Arraut, Cesar Augusto Lorduy Maldonado, Martha Patricia Villalba Hodwalker, Armando Antonio Zabarain de Arce, José Gabriel Amar Sepúlveda, Modesto Enrique Aguilera Vides y Karina Estefanía Rojano Palacio, con ponencia del congresista Carlos Adolfo Ardila Espinosa.

 

La iniciativa contempla que, tiene como finalidad que la Nación se asocie y rinda un homenaje público a través de distintos reconocimientos de carácter histórico, cultural y material, como contribución al Municipio y sus habitantes en conmemoración de los 208 años de haberse erigido villa el 8 de marzo de 1813 y el fortalecimiento de la cultura del Caribe Colombiano.

 

De la misma manera, la Comisión Segunda aprobó el proyecto de Ley 423 de 2020 Cámara, 068 de 2020 Senado: "Por medio del cual la Nación vincula al municipio de Tenerife a la celebración del Bicentenario de la Campaña Libertadora”.

 

El articulado de la iniciativa indica que tiene como objeto, hacer partícipe al municipio de Tenerife, Magdalena, en la celebración del Bicentenario de la Campaña Libertadora y le declara patrimonio cultural de la Nación en los términos de la Ley 1916 del 12 de julio de 2018. Debido a la importancia histórica que reviste el Municipio, pues allí fue donde el Libertador Simón Bolívar proclamó su primera Acta de Independencia en territorio colombiano, en la mañana del 24 de diciembre de 1812.

 

El autor del proyecto de Ley, es el parlamentario Fabián Gerardo Castillo Suárez, con ponencia para primer debate del congresista Mauricio Parodi Díaz.

 

La norma declara al municipio Tenerife, beneficiario de los planes, programas y obras de desarrollo definidos en esta ley, exaltando su valor patriótico y aporte histórico en la Independencia.

 

En la Comisión Tercera constitucional permanente, se aprobó en primer debate el proyecto de Ley 044 de 2020, “Por medio del cual se otorga seguridad jurídica y financiera al seguro agropecuario”.

 

La iniciativa en su Artículo 1 establece:

 

Del establecimiento del Seguro Agropecuario. Establézcase el Seguro Agropecuario en Colombia, como instrumento para incentivar y proteger la producción agropecuaria, buscar el mejoramiento económico del sector agropecuario y/o rural, promover el ordenamiento económico del sector agropecuario y/o rural y como estrategia para coadyuvar al desarrollo global del país.

 

El objeto del seguro es la protección de la totalidad o parte de las inversiones agropecuarias, financiadas con recursos de crédito provenientes del Sistema Nacional de Crédito Agropecuario o con recursos propios del productor, el reconocimiento del daño emergente y el lucro cesante o el ingreso esperado del productor, siempre y cuando este sea objeto de un acuerdo expreso dentro del respectivo contrato de seguro, previendo las necesidades de producción, transformación y comercialización nacional e internacional y el desarrollo integral del sector económico primario.

 

Los ponentes de la iniciativa son las representantes, Nidia Marcela Osorio Salgado, Nubia López Morales y el parlamentario Néstor Leonardo Rico Rico. Los autores del proyecto de Ley 044 de 2020 son los representantes Félix Alejandro Chica Correa, Buenaventura León León, Edwin Gilberto Ballesteros Archila y Gabriel Jaime Vallejo Chujfi.

 

Igualmente, la Comisión Tercera de asuntos económicos aprobó en primer debate el proyecto de Ley 357 de 2020, “Por medio de la cual se modifica la tasa de usura en Colombia”.

 

El coordinador ponente de la iniciativa, él representante Óscar Darío Pérez Pineda en la sustentación indicó que la Ley 357 de 2020,  tiene como objeto: “Disminuir la cifra porcentual equivalente a una y media veces del interés bancario corriente, pasando al 1.2 de referencia para configurar el delito de usura tipificado en el Código Penal y la sanción contenida por el mismo hecho en el Código de Comercio, a través de la modificación de los artículos 305 de la Ley 599 de 2000 y del 884 del Decreto 410 de 1971.

 

La Comisión Quinta, tramitó en primer debate el proyecto de Ley 314 de 2020, por la cual se establecen los lineamientos para la gestión integral de residuos sólidos especiales (RSC), en el marco de la responsabilidad extendida del productor.

 

La iniciativa, tiene como objeto regular, dentro del marco de la gestión integral y velando por la protección de la salud humana y el medio ambiente, todo lo relacionado con la generación, el manejo, el almacenamiento, transporte, transformación y el tratamiento de los residuos sólidos especiales. Responsabilidad extendida del productor y toda la cadena de gestión (distribuidor, comercializador, consumidor, operadores logísticos y gestores de residuos), con el fin de promover la economía circular y dar aplicación al principio medio ambiental, de quien contamina paga.

 

Los autores del proyecto de Ley 314 de 2020, son los representantes Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán y Juan Diego Gómez Jiménez, con ponencia del congresista Félix Alejandro Chica Correa.

 

En la misma Comisión Quinta, fue aprobado en primer debate el proyecto de Ley 431 de 2020: “Por medio del cual se crean mecanismos para el fomento y el desarrollo de la Apicultura en Colombia”.

 

La norma, tiene por objeto, establecer mecanismos para incentivar el fomento y desarrollo de la apicultura y sus actividades complementarias. Para ello se implementarán las políticas públicas y la ejecución de proyectos y programas que garanticen el fomento y la protección de la apicultura, su ambiente y desarrollo como componente estratégico en conservación del ecosistema.

 

Los atores del proyecto de Ley 431 de 2020, son los representantes Rubén Darío Molano Piñeros, Juan Fernando Espinel Ramírez, Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, Franklin del Cristo Lozano De la Ossa y Edwin Gilberto Ballesteros Archila. El ponente de la iniciativa es congresista Rubén Darío Molano Piñeros.

 

Fuente: Oficina de Prensa Cámara de Representantes

 

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